La iniciativa sobre biocombustibles que este jueves obtuvo media sanción en el Senado por 41 votos positivos, 25 negativos y ninguna abstención apunta a renovar el marco regulatorio que establece la ley 27.640, de 2021, para liberar la capacidad instalada que permitiría disponer de mucha más energía verde, en un contexto de crecientes inquietudes ambientales, especialmente, y también como alternativa a los combustibles fósiles desde el punto de vista económico.
De aprobarse también en Diputados, se pasaría del actual régimen sobre porcentajes de corte y provisión determinada con regulaciones estatales, a otro un poco más abierto hacia una competencia de mercado, de modo progresivo hasta 2036.
La Fundación Barbechando, que sigue las tratativas parlamentarias ligadas a la agroindustria, enumeró los puntos principales de lo aprobado:
- Más biocombustible en el surtidor. El corte mínimo obligatorio de biodiesel en el gasoil pasa de 7,5% a 10%, y el de bioetanol de 12% a 15%, al año de sancionada la ley. Dentro del bioetanol se mantienen 6% para la caña de azúcar y 6% para el maíz; el 3% restante queda destinado al libre mercado.
- Reglas para evitar la concentración. Ninguna empresa elaboradora de bioetanol podrá superar el 20% del volumen anual comercializado en el corte obligatorio. En biodiesel, el tope por empresa y por grupo económico dentro del segmento de no integradas es del 20%.
- Regionalización: sistema de comercialización por regiones garantizando un 20% diferencial por distancia para compensar los costos de transporte de las plantas más alejadas.
- Mercado electrónico y precios de referencia. Hoy, la Secretaría de Energía fija por resolución un precio máximo de adquisición para el biodiesel y el bioetanol destinados al corte obligatorio, que actualiza periódicamente según una fórmula de costos. Con el nuevo esquema, el cumplimiento del corte obligatorio se canaliza a través de un sistema de subastas en un mercado único, transparente y de acceso público, operado por un organismo independiente. Se reemplazan los precios máximos por precios de referencia calculados según la paridad de importación.
- Abastecimiento y Co-procesamiento. El corte obligatorio hoy lo cubren exclusivamente 25 empresas no integradas -17 plantas pyme regionales y 8 compañías cercanas al puerto de Rosario-, radicadas en Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos, La Pampa, San Luis. Las 6 aceiteras integradas, con molienda propia producen biodiesel para exportación y no participan del mercado interno. El 6% del maíz lo producen 6 plantas concentradas en Córdoba, Santa Fe y San Luis. El 6% restante lo aportan una decena de ingenios azucareros del NOA, en Tucumán, Salta y Jujuy. Con la nueva normativa, los mezcladores que también sean refinadores podrán incorporar materia prima no fósil en la elaboración de gasoil. Ese volumen no se contabiliza para el corte obligatorio de biodiesel, pero sí da acceso a los beneficios impositivos -exención del Impuesto a los Combustibles Líquidos y del Impuesto al CO2- hasta un tope del 5% de la mezcla.
- Provincias y flex fuel. Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires pueden crear regímenes propios de fomento para bocas de expendio con cortes superiores. Además, se autoriza la incorporación de vehículos con motores flex fuel para el uso de bioetanol y biodiesel.
- El biodiesel, con piso garantizado hasta 2036. El texto fija una transición para el mercado de biodiesel que reduce de a poco la porción reservada a las empresas no integradas mientras crece, en paralelo, la participación del total del mercado, que hasta último momento fue negociado, logrando las empresas no integradas alcanzar un piso del 4% al 2036.

El biodiesel fue el punto que más debate generó en el tratamiento en particular. Según reflejó Barbechando, las controversias surgieron por la “postura de los senadores de Buenos Aires, Entre Ríos, La Pampa, San Luis y Santa Fe, las provincias donde están radicadas las plantas no integradas. La discusión no pasa por el corte -el salto al 10% tiene consenso- sino por el cronograma y los porcentajes: cuánto del corte obligatorio queda reservado a las empresas no integradas y cuánto pasa al segmento de libre negociación, abierto por igual a integradas y no integradas”.
Ahora, el proyecto pasará a Diputados, donde volverá a analizarse en comisiones, y si sigue prevaleciendo un consenso de mayoría, se le dará la otra media sanción que lo convertiría en ley, con proyecciones de 10 años por delante.




