
Un hombre de 67 años fue condenado a 27 años de prisión por delitos contra la integridad sexual cometidos durante décadas en Tostado, en el departamento Nueve de Julio, en la provincia de Santa Fe, en una causa que involucró a 11 víctimas que eran niñas al momento de los hechos y a la tenencia de material de abuso sexual en las infancias.
La sentencia colocó en el centro un patrón de agresiones que, según la acusación, se extendió a lo largo de 41 años. De acuerdo con lo expuesto en el debate, nueve de las víctimas pertenecían al entorno familiar del condenado y las otras dos eran vecinas. El tribunal rechazó además un planteo de la Defensa que buscaba que parte de los hechos fueran declarados prescriptos.
El caso fue resuelto por un tribunal integrado por los jueces Gustavo Bumaguin, Cecilia Álamo y José Boaglio, mientras que la acusación estuvo a cargo de la fiscal Brenda Baños, de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual de la Fiscalía Regional 5 del Ministerio Público de la Acusación (MPA). La causa también contó con supervisión de fiscales de la estructura central del organismo.
Tras la lectura del veredicto y según informó el portal web del Ministerio Público de la provincia de Santa Fe, Baños sostuvo que la resolución tuvo un alcance inusual por la forma en que el tribunal examinó la secuencia de hechos. Según expresó la fiscal, “se dispuso una sentencia condenatoria que es histórica” porque la defensa había solicitado que se declarara la prescripción de los abusos sexuales, pero ese pedido fue desestimado.
La representante del MPA explicó que, a criterio del tribunal, el acusado cometió nuevos delitos de manera sistemática durante 41 años, lo que interrumpía la prescripción de los anteriores. En ese sentido, afirmó que “los hechos de este tipo no deben interpretarse de manera aislada”, al referirse al análisis integral que hicieron los jueces sobre la acusación.
Durante el debate, la fiscal indicó que las pruebas presentadas permitieron acreditar que los hechos ocurrieron desde que el condenado tenía 21 años y hasta sus 62. Según planteó, en ese lapso se valió de vínculos de confianza, situaciones de convivencia y de la vulnerabilidad de las víctimas, que eran niñas cuando ocurrieron los delitos.
Baños señaló que nueve niñas de su entorno familiar fueron víctimas de ataques contra su integridad sexual en una vivienda en la que residía el acusado, en otras dos casas y también en instalaciones de una industria donde trabajaba.
La fiscal remarcó además que “lo sucedido tuvo entidad suficiente para alterar el libre y progresivo desarrollo sexual de todas las víctimas”. Esa valoración formó parte de la argumentación expuesta por el Ministerio Público durante el juicio y fue recogida en la condena.
La investigación incluyó también hechos que, de acuerdo con la acusación, tuvieron como víctimas a dos niñas vecinas del condenado. Baños sostuvo que el hombre les entregaba dinero después de las prácticas sexuales a las que las sometía.

Sobre uno de esos casos, la fiscal puntualizó que a una de las víctimas le tomó fotografías en el marco de los ilícitos. La sentencia incluyó así delitos vinculados con el abuso sexual y otros relacionados con la explotación de menores de edad, en una causa que abarcó hechos cometidos en distintos lugares y momentos. La extensión temporal y la multiplicidad de víctimas fueron parte central de la acusación sostenida en el juicio oral.
Otro tramo del expediente se vinculó con material de abuso sexual en las infancias hallado en poder del condenado. Según informó la fiscal, durante un allanamiento en su domicilio se encontró una computadora de escritorio con 12 videos y 24 fotografías con connotación sexual en las que aparecían niñas, niños y adolescentes.
Baños detalló que esos archivos estuvieron en su poder entre octubre de 2011 y mediados de 2024. Ese hecho fue incorporado a la condena y amplió el alcance penal de la sentencia más allá de los delitos cometidos de manera directa contra las víctimas que declararon en la causa.
Aunque la mayor parte de la acusación fue admitida por el tribunal, la sentencia no fue totalmente condenatoria. El hombre fue absuelto por un hecho de promoción de la prostitución de menores de edad agravada y por otro hecho de promoción de la prostitución de mayores de edad.




