
Un grupo de diputados de distintas fracciones presentó un proyecto de ley que busca prohibir en Costa Rica las denominadas “terapias de conversión”, conocidas técnicamente como ECOSIG, siglas utilizadas para referirse a los esfuerzos dirigidos a cambiar, reprimir o suprimir la orientación sexual, la identidad o la expresión de género de una persona.
La propuesta, impulsada por el Frente Amplio junto con legisladores de otras bancadas, plantea una reforma a la Ley General de Salud con el objetivo de establecer una prohibición expresa sobre la realización, imposición, financiamiento, promoción u ofrecimiento de este tipo de prácticas.
El texto también pretende impedir que profesionales del área de la salud las recomienden o remitan pacientes a personas, centros u organizaciones que las ejecuten.
El diputado Antonio Trejos Mazariegos aseguró que estas prácticas no deben ser consideradas terapias debido a que no buscan tratar ninguna enfermedad y, según afirmó, carecen de respaldo científico.
“No son terapias porque no curan ninguna enfermedad. Son prácticas sin respaldo científico que pueden provocar depresión, ansiedad, autolesiones e intentos de suicidio”, manifestó el legislador.

Trejos añadió que el respaldo de diferentes bancadas legislativas refleja, a su criterio, un consenso sobre la necesidad de proteger la salud y la dignidad de las personas por encima de las diferencias políticas.
La propuesta establece que el Ministerio de Salud tendría facultades para ordenar el cese de estas prácticas cuando tenga conocimiento de su realización y podría imponer sanciones económicas de entre uno y cinco salarios base.
Además, la autoridad sanitaria estaría facultada para suspender o cancelar permisos sanitarios, siempre dentro de un procedimiento que respete las garantías del debido proceso.
En aquellos casos en los que se determine la participación de profesionales colegiados, el expediente deberá ser remitido al respectivo colegio profesional para que se valoren eventuales responsabilidades disciplinarias.
Durante la presentación de la iniciativa, Trejos calificó estas prácticas como mecanismos destinados a generar en las personas la percepción de que su orientación sexual o identidad debe ser corregida o reprimida.
“Estas son formas de tortura, mal llamadas terapias, que lo que buscan es engañar a la persona para creer que su sexualidad está mal y que tiene que ser reprimida y sancionada”, afirmó.

Uno de los puntos que busca delimitar expresamente el proyecto es su alcance frente a la libertad religiosa y de expresión.
De acuerdo con la propuesta, no serán sancionadas las opiniones, sermones, enseñanzas religiosas ni el acompañamiento espiritual que una persona solicite de manera libre.
Tampoco se pretende impedir la atención psicológica legítima ni los procesos en los que una persona explore aspectos relacionados con su identidad u orientación sexual, siempre que no exista un resultado predeterminado que busque modificarla, reprimirla o eliminarla.
Trejos insistió en que el proyecto fue diseñado de manera que no interfiera con las creencias religiosas, las conversaciones familiares o la búsqueda personal de fe.
El legislador explicó que la iniciativa pretende establecer sanciones específicamente contra profesionales y centros de salud que participen en estas prácticas.
“Lo que propone es un debido proceso contra los profesionales de salud y los centros de salud que se presten para estos engaños y prácticas de tortura”, manifestó.
La propuesta presentada esta semana retoma y actualiza el expediente legislativo N.° 20.970, que había sido presentado originalmente en 2018 por el entonces diputado José María Villalta.

Según Trejos, aquella iniciativa terminó archivada tras vencer el plazo constitucional para su trámite y no como consecuencia de un rechazo de fondo.
El nuevo proyecto, explicó, busca incorporar evidencia científica más reciente y aprovechar los informes técnicos elaborados durante la discusión de la propuesta anterior.
“La experiencia con una ley anterior que fue archivada simplemente por el vencimiento del plazo cuatrenal, pero cuyos informes técnicos y científicos demostraron que era justa y necesaria, permite crear un marco jurídico nuevo desde un enfoque científico de salud”, sostuvo.
Con la nueva iniciativa, sus promoventes buscan establecer por primera vez una prohibición específica en la legislación sanitaria costarricense contra los ECOSIG o llamadas “terapias de conversión”, junto con mecanismos administrativos para detener su realización y sancionar a quienes participen profesionalmente en ellas.
“Costa Rica debe establecer un límite claro: ninguna persona reprimida por su propia identidad”, concluyó Trejos.




