El juez Guillermo Pereyra declaró responsables a Julio Conte, César Eduardo Acosta y Martín Miguel Poma Ovejero en tres causas acumuladas y absolvió a Ramiro Mauricio Maldonado Blanque.

La Justicia de Salta declaró culpable a un ex concejal por el robo de un vehículo y la falsificación de documentos públicos. Además, también encontraron resposanbles de delitos similares a sus dos cómplices.

La resolución fue dictada en un debate en el que la fiscal penal interina de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, representó al Ministerio Público Fiscal.

La decisión del magistrado Guillermo Pereyra abarcó hechos vinculados con la salida irregular de una camioneta retenida, la presentación de documentación falsa, un episodio de resistencia a la autoridad, daños en una dependencia y, además, una causa separada por incumplimiento de asistencia familiar y desobediencia judicial.

El caso avanzará ahora hacia una nueva instancia procesal. La audiencia de cesura fue fijada para hoy martes 8 a las 10:15, momento en el que se definirán las penas para los imputados que resultaron condenados. Hasta esa etapa, lo resuelto por el juez delimita qué conductas consideró acreditadas y cuáles no alcanzaron el grado de prueba necesario para una condena.

En su decisión y según informó el portal del Ministerio Público de la provincia de Salta, el juez declaró a Julio Conte penalmente responsable como autor del delito de peculado. También consideró a César Eduardo Acosta coautor del delito de resistencia a la autoridad. En el caso del ex concejal Martín Miguel Poma Ovejero, el pronunciamiento fue más extenso: quedó señalado como partícipe necesario del delito de peculado, autor de dos hechos de falsificación de instrumento público, autor de daño doblemente agravado, coautor de resistencia a la autoridad, autor de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y de un hecho de desobediencia judicial, todo ello en concurso real.

La misma sentencia incluyó absoluciones parciales. Poma Ovejero fue absuelto por un hecho de desobediencia judicial y también por los delitos de estafa y falsificación de documento privado en concurso ideal. A su vez, Ramiro Mauricio Maldonado Blanque fue absuelto de todos los cargos por los que había sido llevado a juicio.

La audiencia de cesura fue fijada para el martes 8 a las 10:15 para definir las penas de los imputados condenados en el debate.

Todas las causas

El origen de la primera causa se remonta al 5 de enero de 2024, cuando Maldonado Blanque conducía una Volkswagen Amarok que, según la acusación ventilada en el juicio, había sido dejada por su propietario en un taller mecánico para reparaciones y luego prestada por el dueño del establecimiento. Acosta viajaba en ese vehículo al momento cuando chocó.

Después del siniestro vial, personal de Tránsito dispuso la retención de la camioneta por falta de documentación. Fue en ese procedimiento donde intervino Poma Ovejero y se produjo un altercado con los inspectores. De acuerdo con la reconstrucción incorporada al debate, Acosta agredió a uno de los agentes y, en ese contexto, Poma Ovejero se retiró con la camioneta.

Más tarde, el rodado fue trasladado primero a una dependencia policial y luego al Canchón Municipal, donde quedó bajo custodia. Ese movimiento del vehículo resultó central en la causa, porque el expediente posterior analizó no solo la situación administrativa de la camioneta sino también las maniobras que se realizaron para intentar recuperarla.

Al día siguiente del ingreso del vehículo, Poma Ovejero se presentó en la dependencia policial para entregar la llave de la Amarok. Durante esa intervención, según la resolución judicial, dañó el Libro de Guardia, una conducta por la que luego fue declarado responsable como autor de daño doblemente agravado.

La pesquisa también sumó un segundo tramo. Días después, Poma Ovejero remitió documentación al Tribunal de Faltas con el objetivo de obtener la restitución del vehículo. Entre esos papeles, el organismo detectó un poder general para juicios adulterado y documentación identificatoria falsa de la camioneta, por lo que no autorizó la entrega.

Ese episodio derivó en la atribución de dos hechos de falsificación de instrumento público, uno de los núcleos penales que el juez tuvo por acreditados. La maniobra no prosperó administrativamente, pero quedó incorporada a la acusación como parte de una secuencia orientada a recuperar el rodado por vías no autorizadas.

0tro de los puntos centrales del debate fue lo ocurrido el 18 de enero, cuando Poma Ovejero obtuvo permiso para ingresar al Canchón Municipal con el único fin de observar la camioneta. En ese momento, Conte cumplía funciones de retén y tenía a su cargo la custodia de los vehículos retenidos en el predio.

Según dio por probado el juez, el ex concejal obtuvo la llave y retiró la Amarok sin autorización, pese a que el acceso concedido no habilitaba esa acción. A partir de ese hecho, Conte fue declarado responsable como autor de peculado, mientras que Poma Ovejero fue considerado partícipe necesario de ese mismo delito.

Además de los hechos vinculados con la camioneta, la sentencia abordó una segunda causa seguida únicamente contra quien se desempeñó como funcionario legislativo. Ese expediente estaba relacionado con incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y con dos hechos de desobediencia judicial.

La tercera causa se originó en una operación de compraventa de un terreno en General Güemes. Según se expuso durante el proceso, el comprador entregó $170.000 por el lote y una suma adicional por gastos, en una gestión en la que intervino Poma Ovejero.