Dejó de vender tortas para cuidar a sus hijos y después de separarse demandó a su expareja por haber perdido su fuente de ingresos
Una mujer de La Pampa demandó a su expareja , con quien convivió durante 16 años, y le exigió una compensación económica luego de perder su fuente principal de ingresos al dejar de vender tortas para cuidar a sus hijos . La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia y le ord
Una mujer de La Pampa demandó a su expareja, con quien convivió durante 16 años, y le exigió una compensación económica luego de perder su fuente principal de ingresos al dejar de vender tortas para cuidar a sus hijos.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia y le ordenó al hombre a pagarle 24 salarios correspondientes a un empleado de comercio, por todo el tiempo que la demandante tuvo que afrontar sola con tres menores a su cargo.
El caso
La historia comenzó en 2007, cuando la pareja se unió legalmente a través de un acuerdo convivencial. Por muchos años, la mujer se dedicó a vender tortas y otros alimentos. Aunque no era la única fuente de ingresos de la familia, representaba una parte importante de su economía.
Cuando quedó embarazada, ella fue obligada a dejar de cocinar, ya que debía dedicar su tiempo completo a cuidar a su hijo. Luego llegaron otros dos hijos y la situación fue cada vez más desfavorable.
La mujer se dedicó a la crianza y no pudo formar un patrimonio. (Foto: ilustrativa/AI)
En 2023, la relación se terminó. Él se fue de la casa y ella quedó sola al cuidado de sus hijos. En su descargo, la mujer dijo que la separación la dejó “en situación de desventaja”: sin ingresos, sin ahorros, sin una profesión y sin trabajo.
“Mientras duró la unión, el hombre se desarrolló plenamente a nivel profesional, laboral y comercial. Por su parte, la mujer se dedicó de forma primordial al cuidado del hogar, a la crianza de sus hijos y a colaborar activamente en los negocios de su pareja”, señaló el abogado de la mujer.
Qué determinó la Justicia
El juzgado de primera instancia falló a favor de la mujer, y ordenó una indemnización de doce salarios de empleado de comercio categoría C de vendedor, equivalentes a un monto de $14.420.280.
Pero su ex apeló ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Pampa. Aun así, la sentencia no solo fue confirmada, sino que también se elevó el monto. El tribunal consideró que 12 meses eran insuficientes para que ella pudiera reinsertarse en el mercado laboral y reorganizar su vida familiar.
La Justicia le dio la razón a la mujer. (Imagen ilustrativa generada con IA)
Por eso, duplicó la compensación económica, elevándola a un total de 24 salarios mensuales de la categoría correspondiente.
Entre los argumentos, los camaristas María Anahí Brarda y Gustavo Arballo determinaron la desigualdad en la que quedó la demandante tras la separación.
“Al desaparecer la contribución en las cargas del hogar por parte del demandado, la accionante resultó impedida de mantener su subsistencia, acceso a recursos y posibilidades de las que gozaba, demostrándose que no logró forjar un patrimonio propio ni contaba con ingresos individuales que le permitieran llevar adelante la vida de manera independiente, todo ello derivado del proyecto compartido y peculiar de su vínculo convivencial”, resumió el fallo.
“La diferencias patrimoniales y de capacidad productiva entre las partes durante toda la convivencia son categóricas; ello evidencia el rol que ocupaba cada uno de ellos en el proyecto familiar”, señaló.
“No cabe duda de que la ruptura o cese de la convivencia generó un desequilibrio económico, donde la actora quedó en una situación de desventaja, sin ingresos, sin ahorros, sin una profesión, sin trabajo, al cuidado de tres hijos”, cerró.