
El 7 de septiembre de 2026, el Juzgado Noveno Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá declaró improcedente la tutela con la que Daniel Quintero buscaba proteger su buen nombre, honra, presunción de inocencia y dignidad humana frente a publicaciones de Federico Gutiérrez, alcade de Medellín, en X. La decisión cerró, por ahora, la vía rápida con la que Quintero pretendía obtener la eliminación o rectificación de esos mensajes y trasladó la disputa a la justicia ordinaria.
La jueza Annabel Mendoza Martínez concluyó que no se acreditó un perjuicio irremediable que justificara una intervención urgente. También sostuvo que el exalcalde de Medellín cuenta con otro camino judicial para reclamar si considera que se le atribuyeron delitos de manera falsa.
La resolución responde a un nuevo episodio del enfrentamiento entre Quintero y el actual mandatario de la ciudad. El fundador del movimiento Independientes promovió la acción de tutela contra Gutiérrez por mensajes publicados entre 2024 y 2026 en los que, según la demanda, lo llamó “jefe de la banda” y líder de una “estructura criminal para saquear la ciudad”.
La jueza concluyó que la tutela no era la vía adecuada

En términos judiciales, la improcedencia por falta de subsidiariedad significa que el despacho consideró que la tutela no era el mecanismo legal idóneo para resolver ese reclamo. Para la jueza, esta acción tiene carácter excepcional y de último recurso, por lo que solo procede cuando no existen otros medios eficaces de defensa.
En ese análisis, el juzgado señaló que Daniel Quintero debe acudir a la justicia penal si estima que fue señalado falsamente por conductas delictivas. Durante el trámite, la Fiscalía General de la Nación informó que existe una denuncia por injuria presentada por el exalcalde de la capital de Antioquia contra Gutiérrez y que el caso está pendiente de una reunión de conciliación.
Ese punto respondió de manera directa al centro del litigio: la tutela no prosperó porque el juzgado entendió que el conflicto debía discutirse en el proceso penal iniciado, no por medio de una orden inmediata de amparo constitucional. El fallo también indicó que no se probó una amenaza inminente y urgente que obligara a retirar los mensajes antes de que actuara un juez natural.
Quintero sostuvo en su escrito que las expresiones usadas por Gutiérrez no eran opiniones políticas, sino imputaciones concretas de delitos graves, pese a que no existe sentencia condenatoria en su contra. El político afirmó, además, que la reiteración de términos asociados con criminalidad producía un deterioro reputacional profundo en quienes leían esas publicaciones.
La demanda incluyó efectos familiares y una discusión sobre los límites del discurso político

Dentro de la tutela, el exalcalde Quintero relató que esa exposición pública tuvo consecuencias para su entorno familiar. Según su versión, sus hijas sufrieron presiones y rechazo en el colegio, una situación que llevó a que abandonaran la institución educativa y a que la familia tuviera que salir de Medellín.
El documento también señaló que el 12 de mayo de 2026, después de que Quintero solicitara formalmente una rectificación, Gutiérrez publicó otro mensaje en el que reiteró la expresión “jefe de la banda”. La demanda subrayó que esa publicación fue vista por miles de personas.
Los abogados del exmandatario local incorporaron incluso referencias a estudios de neurociencia y a antecedentes históricos como el caso de Ruanda para sostener que el lenguaje estigmatizante puede alimentar escenarios de odio social. Su tesis fue que la repetición de calificativos deshumanizantes supera la controversia política y entra en el terreno del daño a derechos fundamentales.
La defensa de Federico Gutiérrez respondió que las publicaciones están protegidas por la libertad de expresión porque constituyen juicios de valor y opiniones políticas. También argumentó que Quintero, por su condición de figura pública y por ocupar en ese entonces el cargo de Superintendente Nacional de Salud, estaba sometido a un mayor escrutinio ciudadano y debe soportar un nivel más alto de crítica.

A criterio de los abogados, los señalamientos se apoyan en investigaciones reales sobre corrupción y manejo de recursos públicos relacionadas con integrantes de la administración anterior de Medellín. Gutiérrez negó, además, que existiera una campaña sistemática contra su antecesor y defendió que el debate público sobre procesos judiciales debe estar permitido.
En la parte final de la decisión, el juzgado encuadró el caso dentro del clima de confrontación política del país y advirtió que el demandante es un actor habitualmente expuesto a debates intensos. Con ese criterio, determinó que la controversia deberá continuar en los tribunales penales y no por la vía de una tutela.




