Buenos Aires, 1° septiembre (NA) -- El juez Fernando Caunedo, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°10, dispuso que siete policías federales retirados sean indagados por su presunta intervención en la muerte del ciudadano uruguayo afrodescendiente José Delfín Acosta Martínez, ocurrida el 5 de abril de 1996 en la entonces Comisaría 5ª de la Policía Federal Argentina (PFA), ubicada en el barrio porteño de Balvanera. Las indagatorias se realizarán durante octubre próximo contra el comisario inspector Horacio Raúl Bussetti (74), el comisario Claudio Oscar Cervera (62), el inspector Pedro Fabián Aguilar (59), el sargento primero Omar Justo Ojeda (64), el sargento Humberto Mario Echegaray (73), el cabo primero Marcelino Hugo Lezcano (67) y el subcomisario Alfredo Daniel González (63), destaca el portal Fiscales. El caso no es nuevo y desde hace décadas la familia de Acosta Martínez está detrás de la verdad. En agosto de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado argentino responsable por la violación a los derechos humanos del hombre, su madre y su hermano, al tiempo que exhortó al Estado nacional a promover y continuar “las investigaciones que sean necesarias para determinar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables por la detención arbitraria y la muerte”, entre otras cuestiones. Este escenario se logró luego de años de presentaciones judiciales, entre ellas apelaciones e informes adjuntos. EL CASO En la mañana del 5 de abril de 1996, el comando radioeléctrico desplazó a personal de la entonces Comisaría 5ª de la PFA a las inmediaciones del local bailable “Maluco Beleza”, ubicado en la calle Sarmiento al 1700, en el barrio de San Nicolás, por una supuesta “incidencia en el lugar donde aparentemente una de las partes se encontraría armada”. Hasta allí llegaron los móviles 305, en el que se encontraban el ahora fallecido sargento Domingo Alberto Oliva y el cabo primero Lezcano, y 105, a cargo del subinspector Aguilar y el cabo primero González. En el lugar fueron detenidos Acosta Martínez, entonces de 32 años, y dos hermanos de nacionalidad brasileña, de 20 y 26. De acuerdo con el dictamen fiscal, el procedimiento policial “habría resultado irregular”, ya que los tres hombres habrían sido privados ilegítimamente de su libertad “en abuso funcional y en un contexto de discriminación racial”. Los tres hombres fueron trasladados hasta la sede policial ubicada en Lavalle al 1958, donde –alrededor de las 8.20– Acosta fue alojado en el recinto de la guardia interna, mientras los hermanos fueron introducidos en una celda. Según la versión brindada en aquel momento por los policías y un testigo, Acosta Martínez se habría encontrado bajo los efectos de alguna sustancia o del alcohol y habría comenzado a insultar al personal policial. Siempre de acuerdo con esa reconstrucción, a pedido de los oficiales, la víctima “comenzó a despojarse de sus efectos personales en forma violenta, arrojando por el piso y sobre el aire, su documento, billetera, papeles varios, agenda personal, dinero y arrancarse del cuello una cadena de metal dorado para también arrojarla al piso”. Luego, según expone la Policía, el sujeto se sacó la ropa hasta quedar desnudo y comenzó a desplazarse por el interior del recinto. Los efectivos sostuvieron que, ante su comportamiento y resistencia, Cervera y Oliva lo tomaron de los brazos y luego le colocaron las esposas. En ese contexto, la víctima habría dicho frases como “ahora los voy a hacer cagar a todos”, tras lo cual “en forma deliberada e intencional se arroja al piso de cabeza; por cuanto se lo trata de calmar y al intentar reincorporarlo, se niega rotundamente y comienza a golpear su cabeza contra el piso para proferir a gritos: ‘ahora pídanme una ambulancia hijos de puta que los voy a mandar al frente’”. Siguiendo con la versión de los oficiales, habrían llamado preventivamente a una ambulancia del SAME. El médico que llegó en una ambulancia desde el Hospital Ramos Mejía constató mientras lo atendía que Acosta Martínez sufría convulsiones y dispuso su traslado a ese centro asistencial. Sin embargo, falleció durante el trayecto. LAS AUTOPSIAS Y LA JUNTA MÉDICA La primera autopsia, realizada el día de la muerte, concluyó que el deceso se había producido por “edema agudo pulmonar” y “hemorragia intrapulmonar”. El médico forense José Ángel Patitó indicó que no se habían encontrado “lesiones traumáticas externas o internas con caracteres idóneos como para provocar la muerte”, aunque consignó algunos golpes en la región lumbar, el antebrazo derecho y la cabeza. La segunda autopsia, practicada en Uruguay, determinó que “existió traumatismo encéfalo craneano, sin fracturas”, cuya entidad no había podido ser valorada por la ausencia del contenido craneal. También se constataron lesiones en la región lumbar y golpes en las piernas, aunque no pudieron especificar la causa de muerte. A su turno, la Junta Médica indicó que “las lesiones en la región lumbar y en la región temporo parietal bilateral nunca pudieron ser provocadas por la víctima ni motivo de convulsiones” Ante los elementos reunidos, se solicitaron las indagatorias por haber “actuado en abuso de sus facultades funcionales, a sabiendas de estos extremos y mediante un acuerdo funcional, basado en una división coordinada de tareas, esenciales para la materialización de la secuencia que culminara con la privación ilegítima de la libertad de Acosta” y su posterior deceso. El dictamen también destaca que ninguno de los efectivos hizo nada para evitar lo ocurrido con el damnificado y que, mediante un acuerdo previo mancomunado “todos sostuvieron una misma secuencia mendaz en torno a la producción de las lesiones que posteriormente fueran verificadas en el cuerpo de la víctima”. Agencia NA