
En un expediente donde el Banco Central investigó una serie de operaciones por USD 1,6 millones realizadas en cuatro días y sostuvo que las divisas terminaron destinadas al mercado paralelo, la Justicia rechazó el pedido de una accionista de Cambios del Sur, una agencia de cambio autorizada por el propio organismo, para frenar el cobro de una multa de $119,25 millones.
La decisión fue adoptada, en el marco de una medida cautelar, por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. La presentación había sido realizada por Elizabeth Dogliotti, accionista mayoritaria de la firma, quien buscaba suspender la ejecución de la sanción dispuesta por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central mientras se resuelve el recurso judicial contra esa resolución.
La cautelar forma parte de una controversia más amplia, originada en una revisión que el BCRA realizó sobre la actividad de la compañía. Como agencia de cambio, Cambios del Sur estaba habilitada para comprar y vender moneda extranjera dentro de las condiciones y controles establecidos por la autoridad monetaria. Al revisar la información declarada por la empresa sobre sus operaciones durante 2023, los inspectores detectaron una secuencia sospechosa concentrada entre el 31 de enero y el 3 de febrero de ese año.
En esos cuatro días, Cambios del Sur compró en dólar billete USD 1,6 millones a Mega Latina SA, otra agencia de cambio, y vendió la totalidad de esas divisas a Soy Vos SAS, también habilitada entonces para operar en el mercado cambiario. Las transacciones se concretaron mediante movimientos diarios de USD 400.000.
El caso gira, en buena medida, alrededor de la interpretación de esas operaciones. Para la defensa, se trató de compraventas de moneda extranjera entre operadores autorizados, una actividad permitida por la normativa vigente. El Banco Central, en cambio, entendió que las características concretas de la operatoria, su magnitud y el contexto en el que fue realizada exigían controles que Cambios del Sur no habría cumplido adecuadamente.
Según el informe que dio origen al expediente, las operaciones cursadas por la firma con sus propios clientes representaron apenas el 1,5% del total operado por la agencia durante 2023. Para el organismo, que la empresa hubiera adquirido USD 1,6 millones en cuatro días para revendérselos a otro operador -y no para atender a su propia clientela- constituía un elemento que obligaba a profundizar la verificación sobre la “genuinidad de las transacciones” y sobre el origen y destino de los fondos.

La atención de los inspectores se concentró especialmente en Soy Vos, la agencia que adquirió los dólares. El BCRA constató que esa firma no había registrado ventas a clientes durante el período analizado y sostuvo que se trataba de información de acceso público que Cambios del Sur debía conocer. En ese primer informe, los funcionarios calificaron la secuencia como un “pase de manos” de pesos y dólares sin justificación económica aparente.
La pesquisa avanzó luego sobre los movimientos financieros de Soy Vos. De acuerdo con las constancias incorporadas al expediente, entre el 31 de enero y el 9 de febrero de 2023 la agencia recibió transferencias de distintas personas jurídicas en una cuenta del Banco de Servicios y Transacciones por, al menos, $6.457,28 millones, sin haber registrado operaciones de cambio con esas sociedades. Según reconstruyó el BCRA, esos pesos fueron después girados a distintos operadores para adquirir dólares en efectivo; uno de ellos fue Cambios del Sur.
La situación de Soy Vos derivó posteriormente en la revocación de su autorización para funcionar y en su baja del registro de operadores. A partir de esas observaciones, el Banco Central requirió en enero de 2024 documentación a Cambios del Sur sobre las contrapartes que habían participado de las operaciones, incluidos los legajos utilizados para evaluarlas y la información reunida en materia de prevención del lavado de activos. Tras estudiar ese material, el organismo concluyó que la agencia no había acreditado de manera suficiente el origen y destino lícito de los fondos ni el carácter genuino de las operaciones realizadas con Mega Latina y Soy Vos.
De la inspección al sumario
La actuación administrativa se transformó formalmente en un sumario el 5 de marzo de 2025. La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias dispuso investigar a Cambios del Sur y a Alejandro Cayetano Sánchez, Rodrigo Harding Bart y Elizabeth Dogliotti para establecer sus eventuales responsabilidades.
El cargo formulado fue la “realización de una operatoria prohibida para el tipo de entidad”, por una presunta infracción al régimen aplicable a los operadores de cambio.
Al momento de los hechos analizados, Sánchez se desempeñaba como presidente y accionista de la firma; Harding Bart, como vicepresidente; y Dogliotti era accionista mayoritaria, según surge de la documentación administrativa. Más adelante, ya durante la tramitación judicial, una escritura otorgada en junio de este año identificó a Dogliotti como presidenta de Cambios del Sur y dejó asentado que manifestó que su cargo se encontraba vigente.
Uno de los puntos centrales del sumario estuvo relacionado con el concepto de “genuinidad” de las operaciones. El Banco Central sostuvo que no bastaba con que cada transacción contara formalmente con boletos de cambio, balances o documentación societaria, sino que también debía examinarse su razonabilidad económica y el contexto en el que habían sido realizadas.
Entre los elementos que ponderó señaló que los USD 1,6 millones circularon mediante ocho operaciones -cuatro compras y cuatro ventas- en solo cuatro días; que Soy Vos no registraba ventas a clientes; que las transacciones se realizaron en dólar billete o efectivo; y que las empresas involucradas tenían domicilios separados por grandes distancias. Cambios del Sur estaba radicada en El Calafate; Mega Latina, en la Ciudad de Buenos Aires; y Soy Vos, en San Salvador de Jujuy. El expediente menciona distancias aproximadas de 2.700 y 3.600 kilómetros entre esos puntos.
También se analizaron las cotizaciones utilizadas y la situación financiera de Soy Vos. El BCRA señaló, entre otros datos, que el estado de resultados de esa compañía correspondiente al cierre de 2022 había arrojado pérdidas y consideró que esa circunstancia debía haber sido ponderada al evaluar si resultaba razonable que pudiera operar montos cercanos a los dos millones de dólares en pocos días.

En la resolución final, el organismo sostuvo que la operatoria, “por su naturaleza, características y magnitud”, obligaba a Cambios del Sur a verificar y justificar de manera fehaciente el origen y destino de los fondos y el carácter genuino de las operaciones con ambas contrapartes.
La defensa: operaciones permitidas
Cambios del Sur y las personas involucradas rechazaron esa interpretación. El principal argumento de la defensa fue que la compraventa de moneda extranjera entre operadores autorizados estaba expresamente admitida por las normas vigentes en enero y febrero de 2023 y que, por entonces, no existía un límite cuantitativo para esa clase de transacciones.
Según ese planteo, las restricciones vinculadas al volumen fueron incorporadas recién con posterioridad. Por eso, sostuvieron que no podía calificarse como prohibida una actividad que se encontraba autorizada al momento de realizarse.
También cuestionaron que Cambios del Sur fuera responsabilizada por el destino posterior que Soy Vos hubiera dado a las divisas. La defensa señaló que una agencia no tiene acceso a los movimientos bancarios de otra entidad y destacó que parte de la información utilizada por el Banco Central incluía hechos posteriores al 3 de febrero, fecha de la última operación entre las dos compañías. A eso agregó que las transacciones habían sido informadas al propio BCRA mediante los regímenes correspondientes y que habían permanecido durante más de dos años sin observaciones.
Otro punto de discusión fue el criterio utilizado para analizar la operatoria. Mientras el Banco Central sostuvo que debía atenderse a la “realidad económica” y a la “lógica del mercado”, la defensa consideró que esas expresiones resultaban insuficientes para convertir en sancionable una operación autorizada por la normativa.
Además, impugnó el cálculo de las multas y afirmó que el organismo había aplicado criterios que, a su entender, llevaron las sanciones por encima de los límites establecidos por el propio régimen disciplinario.
Multas millonarias y revocación de la licencia
El 2 de marzo pasado, la Superintendencia dio por terminado el sumario mediante la Resolución 59/2026. Cambios del Sur recibió una multa de $1.192,5 millones; a Sánchez le impusieron $477 millones y cinco años de inhabilitación; a Harding Bart, $357,75 millones y cuatro años; y a Dogliotti, $119,25 millones y un año.
Tres días después, el 5 de marzo, el directorio del Banco Central adoptó una segunda decisión: revocó la autorización de Cambios del Sur para funcionar como entidad cambiaria. El organismo calificó la infracción como de gravedad “muy alta” y sostuvo que había existido un abuso de la habilitación concedida. Al fundamentar la pérdida de la licencia, consideró que la permanencia de la firma dentro del sistema cambiario representaba un riesgo incompatible con el interés público que debe proteger el regulador.
Las decisiones fueron notificadas el mismo 5 de marzo. Pocos días después, las actuaciones administrativas dejaron constancia de que los sancionados no habían optado por ninguna de las alternativas de pago previstas, por lo que comenzó la gestión para avanzar con el cobro de las multas.
El planteo cautelar de Dogliotti
Fue en ese contexto que Dogliotti acudió a la Justicia con un planteo específico: pidió que el BCRA no pudiera cobrarle los $119,25 millones hasta que un tribunal analizara la validez de la sanción.
Su defensa planteó que la ejecución inmediata representaría una afectación considerable de su patrimonio y que, si el dinero era cobrado antes de que la Cámara en lo Contencioso revisara la resolución administrativa, podía producirse un perjuicio de difícil reparación. Además, cuestionó que el recurso directo previsto contra las sanciones del Banco Central tenga efecto devolutivo, es decir, que su presentación no suspenda automáticamente las consecuencias de la decisión recurrida.
La Sala V rechazó la solicitud cautelar en un fallo publicado este viernes, que llevó la firma de los camaristas Pablo Gallegos Fedriani y Guillermo Fabio Treacy. Los jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal aclararon que en esta instancia no les correspondía determinar todavía si la sanción del Banco Central era válida, sino únicamente establecer si existían elementos suficientes para suspender provisoriamente su ejecución.
Para el tribunal, ese estándar no fue alcanzado.
“Los planteos del accionante no alcanzan para acreditar la verosimilitud del derecho que invoca en grado suficiente para acceder a la tutela requerida”, redactaron los camaristas. Agregaron que varios de los cuestionamientos formulados exigen abordar materias que, “por su naturaleza y complejidad, deben ser examinadas, tratadas y decididas en el proceso donde se dirima el fondo del asunto”.
Al considerar que no se había demostrado uno de los requisitos necesarios para conceder una medida cautelar, la Sala V rechazó el pedido.
La resolución, de todos modos, no confirma de manera definitiva las sanciones. Cambios del Sur, Sánchez, Harding Bart y Dogliotti presentaron el 22 de abril un recurso directo contra la Resolución 59/2026 y ese expediente, que también tramita ante la Sala V, es el que deberá resolver la cuestión de fondo.
El Banco Central remitió las actuaciones administrativas completas a la Cámara el 30 de abril. A mediados de agosto, el tribunal dispuso que el expediente pasara al fiscal general para que se pronunciara sobre la admisibilidad del recurso.
La discusión sobre la validez de las sanciones, por lo tanto, continúa abierta.