jueza Marta Pascual

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó el la medida cautelar que había suspendido durante 60 días la aplicación de la ley nacional 27.801 en la provincia de Buenos Aires, al considerar que un juez no puede dejar sin efecto de manera general una norma sancionada por el Congreso mediante una decisión provisoria.

La resolución dio marcha atrás con la orden de la jueza del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil 2, Marta Pascual, que había dictado en el marco de una acción de hábeas corpus preventivo y colectivo promovida por la Asociación Civil No Seas Pavote, integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.

La cautelar se había limitado a los adolescentes que ya se encontraban privados de libertad en territorio bonaerense. Sin embargo, la presentación también incluía a jóvenes que pudieran ser aprehendidos, sometidos a proceso judicial y eventualmente detenidos bajo el nuevo marco legal.

(Noticia en desarrollo)