Mató de una puñalada a su amigo durante un partido de truco: ahora la Justicia lo condenó a prisión perpetua
Luego de revocar la sentencia de 20 años de prisión , el Tribunal de Impugnación de Neuquén condenó este viernes a perpetua a Pedro Daniel Cides, principal acusado del asesinato de Franco Daniel Ramírez , ocurrido en junio en la localidad de Loncopué. El crimen ocurrió el 1 de junio de 2025 durante
Luego de revocar la sentencia de 20 años de prisión, el Tribunal de Impugnación de Neuquén condenó este viernes a perpetua a Pedro Daniel Cides, principal acusado del asesinato de Franco Daniel Ramírez, ocurrido en junio en la localidad de Loncopué.
El crimen ocurrió el 1 de junio de 2025 durante un partido de truco en el que ambos compartían bebidas alcohólicas. Cides atacó a Ramírez con un cuchillo, lo apuñaló en el corazón y le provocó la muerte en el acto.
El jurado popular lo había declarado culpable de homicidio agravado por alevosía en abril de 2026, pero la jueza Carolina González, al momento de fijar la pena, consideró inconstitucional la prisión perpetua y le impuso 20 años de cárcel.
La Fiscalía presentó la impugnación ante el tribunal ylos jueces dictaron la nueva sentencia, consignó LM Neuquén.
Por qué el Tribunal anuló la pena de 20 años
La decisión del Tribunal de Impugnación, integrado por las juezas Patricia Lupica Cristo, Liliana Deiub y el juez Andrés Repetto, se tomó por unanimidad luego de analizar el recurso presentado por la Fiscalía.
El planteo indicaba que la jueza González “no fundamentó la declaración de inconstitucionalidad” de la prisión perpetua y que la pena de 20 años no estaba contemplada en el Código Penal para este tipo de delito.
Juan Pedro Cides, de 60 años, fue condenado a prisión perpetua por el Tribunal de Impugnación. (Foto: gentileza LM Neuquén).
La Fiscalía señaló que la magistrada se basó en la edad de Cides (60 años) y en su expectativa de vida para fijar la condena, lo que permitiría que el condenado pudiera solicitar la libertad condicional a los 73 años, al cumplir dos tercios de la pena.
Sin embargo, ese argumento no fue tratado en la audiencia y, para los jueces del Tribunal de Impugnación, afectó el derecho de las partes a debatir la decisión.
Los jueces recordaron que el artículo 80 del Código Penal establece la prisión perpetua para los homicidios agravados por alevosía y que la declaración de inconstitucionalidad debe ser el último recurso, solo aplicable en casos excepcionales.
Qué cambia con la nueva condena a prisión perpetua
Con la revocatoria, el Tribunal de Impugnación dictó la prisión perpetua para Cides, tal como exige la ley para los homicidios de esta calificación. Además, declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal, lo que solo le permitirá al acusado solicitar la libertad condicional después de cumplir 35 años de condena y no a los 13 años y 5 meses, como preveía la sentencia anterior.
La resolución del Tribunal responde al reclamo de la Fiscalía y de la familia de la víctima, que habían cuestionado la reducción de la pena y reclamaban justicia por el crimen ocurrido en Loncopué.