Un fallo judicial dispuso el juzgamiento de guardias y médicos vinculados a la muerte de César Darío Moreno dentro del penal provincial de Bouwer. La resolución adoptada por la Cámara de Acusación desestimó los recursos interpuestos y confirmó la elevación formulada por el fiscal de instrucción José Mana.
Sentencia de alzada
El tribunal integrado por los camaristas Carlos Alberto Salazar, Patricia Alejandra Farías y Maximiliano Octavio Davies ratificó de forma unánime lo resuelto por el Juzgado de Control. A raíz de ello, 9 imputados llegarán a juicio formal bajo la acusación de tortura seguida de muerte.

La nómina acusatoria por dicha calificación legal comprende a Lucas Iván Argüello, Néstor Eduardo Bazán, Maximiliano Nicolás Cebrero, José Eduardo Flores, Roberto Ángel Molina, Mariano Edgardo Santucho, Leonel Axel Vaquel, Ignacio Edgardo Segobia y Ana Laura Grassi. Por su parte, el exresponsable de módulo Pablo Adolfo Luján fue imputado por incumplimiento de los deberes de funcionario público y el enfermero Martín Lautaro Aracena por omisión de denunciar torturas.
Traslado y agresiones
La víctima tenía 50 años, carecía de prontuario penal y experimentaba una crisis de salud mental al momento de su aprehensión el 16 de septiembre de 2023 en barrio Nueva Córdoba. Tras su paso por la Unidad de Contención del Aprehendido (UCA), ingresó en calidad de detenido al penal de Bouwer.
En el interior del presidio, Moreno mantuvo un altercado y golpeó a un agente de seguridad. La pieza acusatoria detalló que guardias del establecimiento penitenciario respondieron golpeándolo y disponiendo su reubicación en la sala de salud.
Sujeción prolongada
En dependencias sanitarias, el hombre permaneció atado de pies y manos durante un plazo mayor a 2 días. La investigación del fiscal Mana determinó que la medida perdió todo carácter de contención médica para transformarse en un tormento que acarrea penas de prisión perpetua.
El tribunal valoró las conclusiones del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) incorporadas al expediente. El organismo determinó que “parece evidente la conexión entre el resultado, la violencia sufrida, la falta de atención médica y las medidas de sujeción aplicadas”.
Postura del tribunal
El documento del ente estatal afirmó que “el personal de salud, tenía la responsabilidad de considerar los antecedentes médicos de Moreno antes de la aplicación de las medidas de sujeción, a fin de observar posibles riesgos para la salud”. Además, indicó que “no debería haberse consentido la prolongación” del método más allá de lo “estrictamente necesario”.
La entidad técnica concluyó que la ausencia de controles médicos agravó el estado general del detenido, “transformando un acto de contención en una práctica de castigo que culminó con su fallecimiento”. El fallo valoró los registros fílmicos y testimonios reunidos en la etapa penal preparatoria.
Responsabilidad médica
Las grabaciones incorporadas a la causa situaron al médico Segobia en el lugar durante la aplicación de las correas de inmovilización sobre el paciente. El facultativo también firmó la planilla formal que justificó operativamente la medida dentro de la institución.
El pronunciamiento judicial argumentó que el médico reunía los saberes técnicos para advertir la gravedad del cuadro. Según indicaron los magistrados, el profesional conocía los peligros derivados de inmovilizar las 4 extremidades a una persona politraumatizada sin suministro de profilaxis anticoagulante.
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