
El Juzgado Tercero de lo Criminal de San Salvador, con sede en Santa Tecla, informó este viernes que impuso la primera condena de prisión perpetua en la historia de El Salvador contra Carlos Arturo Herrera Castro, de 31 años, declarado responsable de homicidio agravado y robo en perjuicio de Alexis López Córdova.
Según información de Centros Judiciales, el tribunal aplicó el artículo 92-B del Código Penal, incorporado tras las reformas constitucionales y penales que habilitaron la pena perpetua para delitos de extrema gravedad. La Fiscalía General de la República (FGR) también informó que se trata de la primera sentencia de este tipo en el país.
La condena se dictó por un crimen cometido el 18 de mayo de 2026 en el cantón Teosinte, distrito de Arcatao, Chalatenango. De acuerdo con la acusación fiscal, Herrera Castro había consumido bebidas alcohólicas antes de iniciar una discusión con la víctima, quien era su “amigo”.

El crimen ocurrió tras la entrada en vigor de la reforma
La investigación estableció que, durante el altercado, Herrera Castro atacó a la victima con piedras y le causó lesiones graves en la cabeza y el rostro. López Córdova murió a causa de la agresión.
Después del ataque, el ahora condenado sustrajo el dinero en efectivo que López Córdova llevaba consigo, según la versión presentada por la Fiscalía durante el juicio. Ese segundo hecho permitió que la acusación incluyera el delito de robo junto con el homicidio agravado.
En la audiencia, la representación fiscal presentó declaraciones de testigos. Uno de ellos aseguró haber visto a Herrera Castro contando dinero en el lugar donde ocurrió el crimen.
La prueba testimonial también incluyó el señalamiento de que el imputado ofreció USD 10 a un testigo para que no informara a las autoridades sobre lo sucedido. El tribunal valoró esos elementos junto con el resto de la prueba incorporada en el debate.
La Fiscalía sostuvo que el ataque tuvo como finalidad apoderarse del dinero de la víctima. Con base en esa acusación, el juzgado declaró responsable a Herrera Castro por homicidio agravado y robo.

La aplicación de la prisión perpetua revisable quedó vinculada a la fecha en la que se cometió el homicidio. Las reformas que habilitaron esta pena entraron en vigor el 26 de abril de 2026, tras la modificación del artículo 27 de la Constitución y de normas penales secundarias. La normativa prevé esta sanción para delitos como homicidio, feminicidio, violación y pertenencia a organizaciones terroristas.
Centros Judiciales indicó que los nuevos Juzgados de lo Criminal quedaron habilitados oficialmente el 14 de mayo de 2026. El homicidio por el que Herrera Castro fue condenado ocurrió cuatro días después, el 18 de mayo, por lo que el tribunal consideró aplicable el nuevo régimen de sanciones.
La legislación contempla que la pena perpetua sea revisable. Para las personas adultas condenadas por un solo delito, la primera revisión puede realizarse tras 30 años de prisión. En casos de concurso de delitos, el plazo se extiende a 35 años, mientras que las condenas con agravantes pueden ser revisadas después de 40 años.




