
La protesta de un colectivo de mujeres trans derivó en disturbios y un fuerte despliegue policial en inmediaciones de la Fiscalía de la Ciudad de México. El hecho ocurrió tras la audiencia contra el presunto asesino de Paola Buenrostro y movilizó a elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).
La movilización se registró en Dr. Río de la Loza, luego de que se reportaran disturbios al interior de un inmueble donde se llevó a cabo la audiencia judicial.
Disturbios provocan despliegue policial en la zona
Al finalizar la diligencia, se registraron disturbios al interior del edificio donde se desarrolló la audiencia. Esto generó una gran presencia de elementos de la SSC en Dr. Río de la Loza.
Posteriormente, el grupo de mujeres trans se dirigió a la Fiscalía de Feminicidios, donde ingresó a la fuerza. En el lugar, las manifestantes realizaron pintas y destrozos para exigir justicia.

La protesta y los disturbios ocurrieron después de que la autoridad judicial calificara el crimen de Paola Buenrostro como homicidio calificado y no como transfeminicidio, decisión que el colectivo trans consideró una traición a una lucha que se extiende desde 2016.
El reclamo detrás de la protesta
La movilización comenzó al finalizar la audiencia contra Arturo “N”, señalado como responsable de la muerte de Buenrostro. Kenia Nava, identificada como víctima indirecta, habló con medios al salir de la diligencia.
Nava afirmó que la Fiscalía de Feminicidios no les garantizó su derecho trans y que el colectivo se siente traicionado por la institución. “Son corruptos”.
Integrantes del colectivo señalaron que no están de acuerdo con la calificación del delito, ya que consideran que el acusado debe ser juzgado por transfeminicidio y no por homicidio calificado. Sostuvieron que su lucha, iniciada en septiembre de 2016, no fue tomada en cuenta por la autoridad judicial.
Kenya Cuevas tras la audiencia
En un video compartido por Casa de las Muñecas Tiresias A.C. Nacional (CMT), Kenya Cuevas denunció discriminación durante la audiencia inicial contra Arturo “N” por el transfeminicidio de Paola Buenrostro. Según relató, personal del Ministerio Público la nombró en la carpeta de investigación como hombre y como trabajador sexual.
Cuevas señaló que la fiscalía utilizó su nombre anterior, pese a que desde 2016 ya no cuenta con ese nombre en sus documentos de identidad. Añadió que, al intentar ingresar a las instalaciones del Poder Judicial, elementos policiales también violentaron su identidad de género.
La activista atribuyó lo ocurrido a una falta de capacitación y sensibilización de la fiscalía para acompañar a víctimas que enfrentan discriminación por su identidad de género. Sostuvo que durante diez años participó con esa institución en la construcción de manuales, protocolos y lineamientos con perspectiva interseccional.
Cuevas recordó que, hace cinco años, junto con la entonces coordinadora de género, identificada como Sayuri, se acordó clasificar la carpeta como feminicidio, término legal vigente en ese momento, ya que el transfeminicidio aún no estaba tipificado. Afirmó que, pese a ese acuerdo, el reconocimiento de la identidad de género de Paola y de ella misma no se aplicó en los siguientes cinco años.
Según Cuevas, tampoco fue notificada sobre el avance de la carpeta de investigación durante ese periodo. Añadió que las representantes del Ministerio Público llegaron a la audiencia sin preparación y volvieron a referirse a ella como “caballero”.
Prisión preventiva para el acusado y nueva audiencia
Durante la diligencia, la autoridad judicial determinó señalar a Arturo “N” por el delito de homicidio calificado y le otorgó prisión preventiva. El acusado fue trasladado al Reclusorio Oriente tras la resolución.

La defensa del imputado solicitó 144 horas adicionales para reunir pruebas que respalden su inocencia. Por ese motivo, la audiencia se reanudará el próximo viernes 4 de septiembre.
El crimen de 2016 y una captura una década después
Paola Buenrostro fue asesinada en 2016. De acuerdo con el relato de los hechos, Arturo “N” contrató sus servicios como trabajadora sexual y la mujer abordó el vehículo del hombre, ocasión en la que sus amigas la vieron con vida por última vez.
Buenrostro pidió ayuda a sus compañeras antes de que se escucharan dos disparos. El caso derivó en la creación de una ley con su nombre, orientada a castigar los crímenes de odio contra personas trans.

El sospechoso fue detenido en su momento, pero posteriormente quedó en libertad. A partir de entonces, las autoridades lo buscaron y ofrecieron una recompensa de hasta 500 mil pesos por información útil para su captura.
Diez años después del crimen, Arturo “N” fue aprehendido en la colonia El Tráfico, en el municipio de Nicolás Romero, Estado de México.
Contexto de la Ley Paola Buenrostro
La Ley Paola Buenrostro tipifica el delito de transfeminicidio en el Código Penal de la Ciudad de México. El Congreso capitalino la aprobó el 18 de julio de 2024, con 54 votos a favor y uno en contra.
El Gobierno de la ciudad publicó el decreto en la Gaceta Oficial el 23 de agosto de ese año. El entonces jefe de Gobierno capitalino, Martí Batres, detalló que la norma impone penas de 35 a 70 años de prisión.
La ley lleva el nombre de Paola Buenrostro, trabajadora sexual transgénero asesinada el 30 de septiembre de 2016 por Arturo “N”, quien confesó haberla matado tras escuchar su voz y saber que era una mujer trans.

El nuevo tipo penal establece que comete transfeminicidio quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género.
Entre los agravantes que definen el crimen por razón de identidad o expresión de género están los signos de violencia sexual, las lesiones degradantes o mutilaciones previas o posteriores al homicidio, las expresiones verbales de odio hacia la víctima, y que el crimen ocurra en contexto de trabajo sexual o con participación de dos o más personas.
La reforma también modificó el Código Civil para reconocer a la “familia social” de las víctimas trans, lo que permite que amistades cercanas gestionen actas de defunción y otros trámites cuando la familia consanguínea no reclama el cuerpo o vulnera su identidad de género.