
El Ministerio de Cultura dispuso la protección provisional de tres bienes arqueológicos situados en Junín, Pasco y Huancavelica, debido a distintas situaciones que ponen en riesgo su conservación. Las medidas fueron formalizadas mediante resoluciones de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y publicadas en la edición del 2 de septiembre de 2026 del Diario Oficial El Peruano.
Las disposiciones comprenden los sitios arqueológicos Cachipozo, en la provincia de Tarma; Ichugan, en la provincia de Daniel Alcides Carrión; y el complejo arqueológico monumental Ranrapata, en Huancavelica. Cada resolución establece un periodo de protección provisional de dos años, con las condiciones previstas por la normativa vigente.
El caso de Cachipozo incluye intervenciones vinculadas con el uso del espacio arqueológico para actividades de acceso a los manantiales y comercio de productos artesanales. Una inspección realizada por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín permitió identificar diversas ocupaciones y obras dentro del área del sitio.
En los otros dos bienes arqueológicos, el Ministerio de Cultura identificó factores asociados con actividades productivas, vegetación, incendios, huaqueo, expansión urbana y acumulación de residuos. Las resoluciones forman parte de las acciones previstas por el régimen de protección provisional para bienes que requieren medidas de defensa, conservación y protección legal.
Cachipozo registra ocupaciones y obras dentro del área arqueológica
La resolución directoral N.° 000242-2026-DGPA-VMPCIC/MC, emitida el 27 de agosto de 2026, establece la protección provisional del sitio arqueológico Cachipozo, ubicado en el distrito de San Pedro de Cajas, provincia de Tarma, departamento de Junín. La medida se sustenta en el Informe de Inspección N.° 010-2026-SDPCICI JUN/WJOB/MC, elaborado el 7 de julio de 2026.
Según el documento del Ministerio de Cultura, uno de los problemas detectados corresponde al uso de un sector como depósito de bloques de piedra. El material fue trasladado desde un cerro cercano por integrantes de la comunidad campesina de San Pedro de Cajas con el propósito de construir graderías hacia el ingreso de los manantiales de Cachipozo. El área ocupada comprende aproximadamente 50 metros cuadrados.
La inspección también identificó siete quioscos construidos dentro del polígono de delimitación del sitio arqueológico. Las estructuras fueron elaboradas con madera, cuentan con techo de teja andina y están instaladas sobre planchas metálicas. El documento señala que estos espacios fueron destinados a la venta de productos artesanales.
Otro punto registrado corresponde a un camino peatonal que conecta la posta del distrito de San Pedro de Cajas con un sector próximo a los manantiales. De acuerdo con la información recogida durante la inspección, la construcción del camino correspondió a la municipalidad distrital y se realizó en 2023.
Ichugan presenta daños asociados a actividades locales
En Pasco, la resolución directoral N.° 000244-2026-DGPA-VMPCIC/MC determinó la protección provisional del sitio arqueológico Ichugan, ubicado en el distrito de Yanahuanca, provincia de Daniel Alcides Carrión.
El Ministerio de Cultura identificó afectaciones relacionadas con actividades de pastoreo y agricultura desarrolladas por población local. La resolución también registra un daño en un muro perimétrico ubicado en un sector próximo a un camino prehispánico.
“Recientemente, se registró el colapso parcial de un muro perimétrico en un sector colindante al camino prehispánico”, señala la resolución. El documento atribuye este deterioro a la remoción de la mampostería.
La vegetación constituye otro factor señalado por la autoridad cultural. El incremento de arbustos dentro del área arqueológica genera un riesgo para sus componentes arquitectónicos. La resolución precisa que las raíces “comprometen la estabilidad del componente arquitectónico”.
Ranrapata queda bajo protección provisional en Huancavelica
La tercera medida corresponde al complejo arqueológico monumental Ranrapata, situado en el distrito de Acoria, provincia y departamento de Huancavelica. Su protección provisional fue establecida mediante la resolución directoral N.° 000241-2026-DGPA-VMPCIC/MC.
De acuerdo con la resolución, el complejo se encuentra expuesto a diferentes factores de riesgo. Entre ellos figuran los incendios forestales, el huaqueo, la expansión urbana y el depósito de desmontes y desechos sólidos.
El documento también incorpora factores ambientales, como los cambios bruscos de temperatura, las precipitaciones estacionales y la humedad, dentro de las condiciones que pueden afectar el sitio arqueológico.
Como parte de las disposiciones vinculadas con la vigilancia, la resolución contempla solicitar apoyo a la municipalidad provincial de Daniel Alcides Carrión y a la comunidad campesina de Chipipata para la vigilancia del sitio y el reporte de acciones de huaqueo o incendios forestales.
La protección provisional abre un plazo para la delimitación definitiva
El régimen aplicado por el Ministerio de Cultura permite establecer medidas de protección física, defensa, conservación y protección legal sobre bienes arqueológicos que requieren intervención preventiva. La normativa establece que, una vez determinada la protección provisional, se inicia el trámite correspondiente para su declaración y delimitación definitiva.
La resolución de Cachipozo precisa que el periodo de protección será de dos años, salvo que se identifique una afectación directa a derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios. En ese supuesto, la normativa contempla un plazo distinto para la declaración y delimitación definitiva.
Para Cachipozo, el Ministerio de Cultura también ordenó medidas preventivas de señalización y comunicación a autoridades locales. La Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín quedó encargada de ejecutar dichas acciones y de realizar las coordinaciones institucionales necesarias.
La resolución dispone, además, comunicar la medida a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal para iniciar las acciones relacionadas con la identificación, declaración y delimitación definitiva del bien inmueble prehispánico.




