Juliana Guerrero aceptó responsabilidad por el fraude relacionado con títulos académicos de la Fundación Universitaria San José y recibió una condena de 36 meses de prisión - crédito @jguerrero112/Instagram/Reuters

Un día después de que Juliana Guerrero aceptara responsabilidad por el fraude relacionado con títulos académicos de la Fundación Universitaria San José y recibiera una condena de 36 meses de prisión, el abogado de la polémica allegada al expresidente Gustavo Petro, Felipe Alzate, entregó detalles de cómo funcionó la colaboración con el ente acusador.

En una entrevista con Noticias Caracol, el defensor aseguró que no representaba a Guerrero un año atrás. Explicó que, tras tomar el caso, revisó el expediente y el material reunido por el ente acusador antes de definir la estrategia judicial.

Además, el togado aseguró que la decisión de acercarse a la Fiscalía General de la Nación y acordar una cooperación a cambio de algunas exigencias fue de Juliana Guerrero.

“Eso es una decisión unilateral de Juliana. Hace un año yo no la representaba, yo vengo representándola hace tres, cuatro meses. Nosotros, o yo, desde que asumí la representación judicial, le dije: acá hay que hacer un trabajo serio, hay que hacer un trabajo objetivo, hay que revisar muy bien qué tiene el ente acusador y a partir de ahí tomar las decisiones que en derecho correspondan y sobre todo mirar las posibilidades que puede tener ella y que puede tener cualquier otro ciudadano”, señaló el abogado al medio nacional.

Además, Alzate negó que el ente acusador haya tenido privilegios adicionales a los fijados por la ley y que su clienta deberá asumir las consecuencias que van más allá de la pena de prisión.

“No es que la Fiscalía la esté beneficiando, no es que la Fiscalía y la administración de justicia sean condescendientes con ella, para nada. Ella tomó una decisión, dio la cara, aceptó su responsabilidad y eso tiene unas consecuencias que independiente del monto de la pena, evidentemente hay un debate que se presentó en el marco de la audiencia, pues es una persona que hoy en día se encuentra condenada frente a la administración de justicia y frente al país, incluso para lo que ella significa”, comentó Alzate a Noticias Caracol.

El abogado sostuvo que la suspensión condicional de la pena responde a una garantía prevista para cualquier procesado que reúna las condiciones fijadas por la ley. Entre ellas, citó la ausencia de antecedentes penales y una condena inferior a cuatro años.

La defensa insistió en que el beneficio no depende de la visibilidad pública de Guerrero ni de su vínculo con el gobierno anterior. El letrado afirmó que las reglas deben aplicarse de la misma forma a cualquier ciudadano en una situación similar.

Asimismo, en una segunda entrevista con Blu Radio, Alzate indicó que las conversaciones con la Fiscalía se extendieron durante cerca de tres meses. El acuerdo se mantuvo en reserva hasta su presentación ante el juez competente.

El defensor afirmó que Guerrero podía avanzar hacia una terminación anticipada del proceso mediante el allanamiento a cargos o a través de una negociación. Finalmente, eligieron la segunda alternativa.

En esa entrevista, Alzate precisó que el único beneficio negociado fue la reducción aplicable al monto de la pena. Rechazó la interpretación de que Guerrero hubiera quedado condenada como cómplice.

“No queda condenada como cómplice”, señaló Alzate a Blu Radio. Explicó que la rebaja se aplicó para calcular la pena, pero sostuvo que la condena se mantiene como autora del delito de fraude procesal.

El abogado argumentó que la Fiscalía llevó el caso bajo esa figura penal porque el uso de los documentos buscaba inducir en error a la autoridad encargada del nombramiento. Para él, las falsedades hacen parte del mismo hecho que derivó en la condena.

“A ella, ¿por qué la juzgan? A ella la juzgan por usar ese documento, por utilizar ese documento en el marco del trámite que se estaba desarrollando para acceder a un cargo público. Es un solo hecho. ¿Cuál es? ¿De qué estamos hablando acá? De usar el documento, un documento que es falso y efectivamente la inducción en error ante la autoridad nominadora. Entonces, es un solo hecho, no se le pueden imputar dos delitos, eso sería una transgresión al non bis in idem", comentó Alzate al medio radial.

El preacuerdo con la Fiscalía incluyó una multa de 100 salarios mínimos y una inhabilitación de dos años y medio para ejercer derechos y funciones públicas. El Juzgado 46 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá suspendió condicionalmente la ejecución de la pena.

La sentencia incluyó una compulsa de copias para que la Fiscalía investigue a Guerrero por la posible comisión de falsedad ideológica en documento público, en calidad de determinadora. La decisión se relaciona con los diplomas entregados ante el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (Sigep II).

La medida abre una actuación distinta a la que concluyó con la condena por fraude procesal. El juez consideró necesario que la Fiscalía examine si existen elementos para avanzar por esa posible conducta.

Alzate cuestionó ese punto de la decisión. El abogado afirmó que la falsedad ya había sido discutida en el proceso y que figuraba en la imputación, el escrito de acusación y la sentencia.

Durante la entrevista radial, Alzate dijo que Guerrero no ha contemplado colaborar con la justicia mediante la entrega de información sobre eventuales delitos de terceros. Añadió que tampoco existe una negociación proyectada sobre asuntos distintos del caso ya resuelto.