
El juez federal Daniel Rafecas resolvió que el jerarca iraní Alí Asghar Hejazi sea juzgado en ausencia por la Justicia argentina a raíz de su presunta participación en el atentado a la AMIA, que causó 85 muertes el 18 de julio de 1994 en la sede de la mutual judía de Pasteur 633.
“Frente a la actitud obstructiva del imputado y la ausencia de cooperación efectiva” por parte de la República Islámica de Irán en relación al pedido de detención preventiva para una futura extradición, el magistrado consideró que están dadas las condiciones para “declarar que el proceso puede proseguir válidamente en ausencia del acusado”, según la resolución a la que tuvo acceso Infobae.

Hejazi fue un estrecho colaborador del líder supremo Alí Khamenei, asesinado el pasado 28 de febrero en un ataque coordinado entre Estados Unidos e Israel y según la investigación presidía el Comité Vijeh, organismo estatal donde se recogió información, se analizó el objetivo y se elaboró la propuesta para atentar contra la AMIA en Argentina.
Sustraerse a la Justicia
El juez hizo lugar a un pedido del fiscal titular de la UFI AMIA Sebastián Basso, mientras se aguarda una definición de la Cámara Federal de Casación sobre la validez del juicio en ausencia que ya se dispuso contra diez prófugos iraníes y libaneses.

El nuevo acusado tiene pedido de captura internacional desde abril pasado y, al disponer que se lo someta también al juicio en ausencia, se excluyó “toda posibilidad razonable de desconocimiento del proceso judicial”. Para el juez Rafecas, el acusado “adoptó una conducta orientada deliberadamente a sustraerse de la acción de la justicia argentina, eludiendo comparecer en el proceso pese a su efectivo y demostrado conocimiento”.
En la resolución se hizo un repaso de todo lo hecho desde que se lo imputó y se recordó que el 10 de abril último se lo citó a declaración indagatoria y se ordenó su captura nacional e internacional. También se pidió a Interpol “que procediese a la inscripción de la respectiva difusión roja respecto de Alí Asghar Hejazi”.
Además, se publicaron edictos y se requirió de manera formal a Irán la detención provisoria para una futura extradición en base a la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal 24.767. También se notificó al Ministerio de Asuntos Exteriores iraní de todas las medidas. En mayo se notificó su declaración de rebeldía, todo a través de exhortos.

Ante ello se dieron por cumplidos los requisitos para considerar que se lo puede someter al juicio en ausencia. Hejazi tuvo a su cargo, entre otras instituciones, al Ministerio de Asuntos Exteriores iraní. “Resulta prácticamente imposible que una figura de tamaña relevancia para el régimen iraní no haya sido informada de los requerimientos dispuestos por quien suscribe”, advirtió el juez.
“Puede afirmarse que Hejazi, pese a tener conocimiento, optó por eludir, no presentarse, responder o acatar los requerimientos de esta autoridad judicial”, concluyó.
Además se destacó que la causa por el atentado a la AMIA es objeto de una “gran atención internacional” con exposición mediática, factor que combinado con “el rango jerárquico que revestía, y aún reviste, el imputado dentro del aparato estatal iraní, torna inverosímil cualquier alegación de desconocimiento”.
La acusación
Según la acusación fiscal, la “planificación, decisión y ejecución” del atentado estuvo a cargo de agencias del régimen iraní “estrechamente ligadas a las oficinas del fallecido Líder Supremo Alí Khamenei”. La decisión en concreto de atentar contra la AMIA se habría definido en Teherán, en el ámbito de un comité especial al que denominó “Vijeh” encabezado por el Líder Supremo y “cuya dirección se hallaba a cargo de la mano derecha y principal representante de aquél; es decir, a cargo de Alí Asghar Hejazi”, el ahora prófugo de la Justicia argentina.
El comité al momento del atentado estaba integrado por otros líderes iraníes que ya fueron enviados a juicio en ausencia en Argentina y también tienen pedidos de captura internacional. Entre ellos estaban Mohsen Rezai (comandante en jefe del Cuerpo de Guardianes de la Revolución Islámica), Ahmad Vahidi (responsable de la sección especial de ese cuerpo encargada de las operaciones fuera de las fronteras de Irán, esto es, la Fuerza Al Quds), Alí Fallahian (a cargo del Ministerio de Inteligencia) y Alí Akbar Velayati (responsable del departamento encargado de los Asuntos para el Extranjero o Ministerio de Asuntos Exteriores).
El juicio en ausencia está previsto en la Ley 27.784 y en la causa AMIA se habilitó para los acusados iraníes y libaneses Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Ahmad Reza Asghari, Mohsen Rabbani, Salman Rauf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar.



