Gobierno anunció acciones judiciales contra el exministro Luis Alfredo Acosta ante la falta de entrega de unas llaves de bodegas con cerca de $16.800 millones- crédito Joel González/Presidencia de la República

El expresidente de la República, Gustavo Petro, contó un episodio que habría enfrentado con la aerolínea Avianca después de su inclusión en la lista de la Office of Foreign Assets Control (OFAC) de Estados Unidos. El hecho fue mencionado durante una entrevista con el exmandatario ecuatoriano Rafael Correa para su programa Conversando con Correa.

“Venía de Colombia, esta entrevista se está grabando en Ciudad de México, en un vuelo de Avianca y te suspendieron”, afirmó Correa. Petro respondió: “Sí, sí”.

Las dificultades de viaje que afronta el expresidente Gustavo Petro no responderían, según la interpretación expuesta por el periodista Juan Camilo Merlano corresponsal de Noticias Caracol en Washington, a una prohibición migratoria directa de la OFAC, sino a un exceso de cumplimiento por parte de empresas que aplican más restricciones de las que surgen del texto de la sanción. Su tesis apunta a una tensión precisa: la medida publicada por el gobierno de Estados Unidos sería patrimonial, pero sus efectos prácticos estarían alcanzando la movilidad del sancionado.

El “overcompliance”, una práctica por la cual las entidades, “por curarse en salud”, no revisan el alcance minucioso de la sanción y terminan actuando como si el individuo estuviera alcanzado por todas las restricciones posibles - crédito @JuanCMerlano/X

Merlano sostuvo que ese fenómeno es reconocido de manera informal por personas que trabajan en esa oficina del Departamento del Tesoro y lo vinculó con las limitaciones de viaje que, según dijo, expuso Rafael Correa horas antes. El dato técnico que coloca en el centro de su argumento es la referencia a la Orden Ejecutiva 14059, que fue la autoridad usada para la inclusión de Petro en la llamada Lista Clinton.

El periodista explicó que la sanción atribuida al exmandatario está identificada en la sección 2(a)(i) de esa orden y no en los apartados siguientes. A partir de esa lectura, afirmó que Petro “tiene argumentos para decir” que no está sometido a todo el paquete de medidas que muchas compañías suelen presumir cuando una persona aparece en ese listado.

La descripción que hizo Merlano parte de un concepto específico: el “overcompliance”, una práctica por la cual las entidades, “por curarse en salud”, no revisan el alcance minucioso de la sanción y terminan actuando como si el individuo estuviera alcanzado por todas las restricciones posibles.

La interpretación se apoya en que la medida descrita afecta bienes y no menciona viajes. - crédito @JuanCMerlano/X

La interpretación se apoya en que la medida descrita afecta bienes y no menciona viajes

Al detallar el contenido de la sección citada, Merlano señaló que el texto dispone “bloquear todos los bienes e intereses patrimoniales de la persona sancionada que se encuentren en los Estados Unidos, que en el futuro ingresen a los Estados Unidos, o que estén o lleguen a estar en posesión o bajo el control de cualquier persona estadounidense”.

Esa misma disposición, según reprodujo, también ordena que esos bienes e intereses patrimoniales no puedan ser “transferidos, pagados, exportados, retirados ni objeto de ninguna otra transacción”. Sobre esa base, su conclusión fue que la sanción impuesta a Petro, “estrictamente remitiéndonos al documento”, es un bloqueo patrimonial.

El periodista remarcó además que al expresidente no le habrían sido impuestas las demás sanciones delimitadas en los apartados (ii), (iii), (iv), (v) y (vi). Ese señalamiento es el punto que sostiene su diferencia entre lo que surge del documento y lo que, en la práctica, estarían ejecutando algunas compañías.

El efecto práctico sería una restricción privada por temor a interpretar mal la sanción

El exjefe de Estado confesó al expresidente de Ecuador Rafael Correa que tuvo problemas para salir de Colombia rumbo a México  - crédito @MashiRafael/X

La explicación del periodista Merlano es que muchas empresas optan por la salida más conservadora para evitar riesgos legales o administrativos. En ese marco, dijo que el “overcompliance” lleva a las compañías a “hacer la fácil” y, en este caso, a no dejar viajar a la persona sancionada.

Ese planteo ubica el foco no en una orden explícita de inmovilización personal, sino en la reacción de operadores privados frente a una inclusión en la Lista Clinton. La consecuencia, según Merlano, es que una sanción limitada al patrimonio termine generando obstáculos operativos en espacios tan concretos como el mostrador de una aerolínea: “Ahora vaya y diga eso en el counter de Avianca”.