Un partido de fútbol entre amigos terminó en un escándalo después de que uno de los jugadores atacara a otro a golpes. Ahora, el hombre deberá pagar $16 millones más intereses por las lesiones físicas y el daño moral que le provocó.

El hecho ocurrió el 26 de agosto de 2018, alrededor de las 15, durante un partido que se disputó en el predio ubicado en 19 y 520, en La Plata. Según se acreditó durante el juicio, todo ocurrió cuando el juego estaba detenido, después de un cruce verbal entre ambos jugadores.

El golpe fue directo en el rostro. La víctima cayó al piso y quedó inconsciente por varios segundos. Cuando recuperó el conocimiento, estaba mareado y desorientado y tenía sangre en la boca.

El hecho ocurrió durante un partido de fútbol amateur. (Foto: Adobe Stock)
El hecho ocurrió durante un partido de fútbol amateur. (Foto: Adobe Stock)

Los testigos señalaron que el hombre “había tenido una actitud provocadora durante el partido”. También dijeron que el golpe se produjo con el juego detenido. Después, según los testimonios, continuaron los insultos y las amenazas.

La víctima recibió asistencia médica en el lugar y luego fue trasladada a un hospital de Berisso. Allí constataron que tenía un traumatismo maxilofacial y una laceración en la parte interna del labio inferior.

Cuando se recuperó, el hombre decidió llevar su caso a la Justicia, que recayó en el Juzgado Civil y Comercial N°23 de La Plata, a cargo de la jueza Guillermina Di Luca.

Por qué la Justicia consideró responsable al jugador

Uno de los puntos principales que debió resolver la jueza fue si la lesión podía quedar comprendida dentro de los riesgos normales que una persona acepta cuando participa de un deporte. La respuesta fue negativa.

La sentencia sostuvo que practicar fútbol implica aceptar determinados riesgos propios del juego, como golpes o lesiones que pueden producirse durante una jugada. Pero esa aceptación no alcanza a una agresión deliberada que ocurre cuando el partido está detenido y que no tiene relación con una acción deportiva.

Por eso, la jueza consideró que el golpe debía ser tratado como un hecho independiente de la competencia deportiva y atribuyó responsabilidad al jugador que lo produjo.

Las lesiones dejaron secuelas en la mandíbula

Durante el juicio se realizaron distintas evaluaciones médicas y odontológicas. Si bien una de las pericias no relacionó con el golpe una alteración de la mordida que consideró preexistente, reconoció que un traumatismo de esas características puede generar dolor, mareos y molestias en la articulación de la mandíbula.

Otra evaluación, realizada por un especialista en la articulación temporomandibular, detectó un traumatismo de la ATM y lesiones en las partes blandas. También estimó una incapacidad parcial y permanente de entre el 10% y el 15%, vinculada con dolores y dificultades para masticar.

El hombre sufrió distintas lesiones tras la agresión. (Foto: Adobe Stock)
El hombre sufrió distintas lesiones tras la agresión. (Foto: Adobe Stock)

A partir del conjunto de las pruebas, la jueza consideró acreditado que la agresión había dejado secuelas físicas.

Por ese motivo estableció una indemnización de $12 millones por incapacidad física, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la edad que tenía la víctima al momento del hecho, su actividad laboral, la práctica deportiva y la forma en que las lesiones afectaron su vida cotidiana.

También deberá pagar por los gastos médicos y el daño moral

La condena incluyó otros conceptos. La Justicia reconoció $1 millón por gastos médicos, farmacéuticos y de rehabilitación. La jueza consideró razonable presumir que una persona que sufrió lesiones de este tipo tuvo que afrontar gastos vinculados con su recuperación, aunque no todos hayan podido ser acreditados mediante comprobantes.

También se reconocieron $3 millones por daño moral. De esta manera, la Justicia fijó una indemnización total de $16 millones a valores actuales.

A ese monto deberán sumarse los intereses establecidos en la sentencia. La jueza dispuso aplicar una tasa pura del 6% anual desde el 26 de agosto de 2018 hasta la fecha de la sentencia y, desde entonces, la tasa correspondiente por mora hasta que se concrete el pago.