El Banco Ciudad anunció una reducción de la tasa de interés al 28% nominal anual (TNA) para quienes necesiten regularizar deudas de préstamos personales, consumos con tarjetas de crédito y microcréditos en la Ciudad de Buenos Aires.

La medida forma parte del Programa de Desendeudamiento Familiar, establecido por la Ley 6959 de la Legislatura porteña y reglamentado por el Gobierno de la Ciudad. La iniciativa busca facilitar que vecinos y familias puedan ponerse al día con sus compromisos financieros mediante una propuesta de refinanciación.

Según informó la entidad, los planes tendrán plazos de entre 24 y 60 meses y la adhesión estará disponible hasta el 13 de octubre de 2026.

El programa está dirigido a personas que cumplan con determinadas condiciones económicas, de residencia y de atraso en sus pagos. No todas las deudas ni todos los titulares podrán acceder.

Quiénes pueden acceder al programa de desendeudamiento

La iniciativa contempla deudas en mora registradas hasta el 1° de junio de 2026. Para solicitar la refinanciación, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener deudas originadas en tarjetas de crédito o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras.
  • Registrar entre 60 y 180 días de atraso en los pagos.
  • Contar con ingresos familiares inferiores a 10 salarios mínimos.
  • Tener compromisos mensuales por deudas que representen más del 30% de los ingresos del hogar.
  • Acreditar domicilio real en la Ciudad de Buenos Aires con una antigüedad mínima de dos años.
Se debe registrar entre 60 y 180 días de atraso en los pagos (Foto: Adobe Stock).
Se debe registrar entre 60 y 180 días de atraso en los pagos (Foto: Adobe Stock).

La propuesta incluye préstamos personales, consumos con tarjeta de crédito y microcréditos, aunque el acceso está sujeto a las condiciones establecidas por el programa.

Quiénes quedan excluidos de la refinanciación

La normativa también establece una serie de condiciones patrimoniales que pueden impedir el acceso al beneficio.

Quedarán excluidas las personas que:

  • Sean propietarias de más de un inmueble.
  • Tengan vehículos con una antigüedad menor a cinco años, excepto aquellos destinados a actividades laborales debidamente acreditadas.
  • Sean titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios sujetos a registro.
  • Tengan activos financieros cuyo valor supere el total de la deuda reclamada.
  • Hayan comprado divisas durante el período en el que se generaron las deudas.

Estas condiciones forman parte de los criterios de elegibilidad definidos para el Programa de Desendeudamiento Familiar.