El Banco Central flexibilizó las normas de exposición bancaria a deuda pública a través de la Comunicación

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó las normas que regulan cuánta deuda del Tesoro pueden acumular los bancos en sus carteras. A través de la Comunicación “A” 8483, la autoridad monetaria amplió el tipo de instrumentos que las entidades financieras pueden sumar dentro de un cupo que ya existía desde mayo de 2025, de manera que a partir de ahora no sólo puedan incorporar Letras de Capitalización (Lecap), sino también otros títulos públicos en pesos, entre ellos los dólar linked y los duales.

La norma no crea un nuevo límite ni habilita a los bancos a comprar más deuda estatal de la que ya podían adquirir. Lo que hace es cambiar la composición posible de esa tenencia: ese cupo, que hasta ahora sólo se podía completar con letras de corto plazo, se podrá integrar de aquí en más con una variedad más amplia de papeles, incluidos algunos de mayor plazo.

Voceros del Banco Central explicaron que la medida se enmarca en un proceso de orden normativo que ya aplicó en otras áreas del sistema financiero. Según señalaron, se trata de un ordenamiento comparable al ya aplicado sobre la normativa cambiaria, los esquemas de efectivo mínimo y otras reglas de fraccionamiento, donde también se simplificaron excepciones y se establecieron criterios más claros, y remarcó que el objetivo de fondo no cambia, sino que lo que varía es la gradualidad con la que se avanza.

Bajo la gestión de Santiago Bausili, el Central redujo la exposición del sistema financiero al sector público del 48,6% al 30,6% de los activos bancarios desde 2023. (Comunicación Senado)

En ese sentido, el organismo fue explícito respecto de los límites de fondo: el BCRA no amplía los límites vigentes de exposición al sector público ni habilita un aumento del stock de títulos en cartera de las entidades. La entidad agregó que los niveles actuales de exposición de los bancos a la deuda pública no representan un riesgo para la estabilidad del sistema financiero, y que la intención es sostener un esquema prudencial ordenado y previsible, acorde a la etapa de normalización que atraviesa la entidad.

De qué se trata el cupo que ahora se amplía

Para entender la medida hay que remontarse a mayo de 2025, cuando el Central había fijado un límite que le permitía a cada banco comprar Lecap en función de la cantidad de pases pasivos que tenía colocados en la entidad a esa fecha. Ese esquema buscaba que, a medida que el Banco Central desarmaba su stock de pases —el instrumento con el que hasta entonces absorbía parte de la liquidez del sistema—, los bancos pudieran canalizar esos pesos hacia instrumentos del Tesoro, dentro de un techo prudencial.

Lo que cambia ahora es que ese mismo cupo, en lugar de poder completarse únicamente con Lecap, se podrá integrar con cualquier título público nacional en pesos, lo que incluye tanto a los instrumentos ajustables por la evolución del dólar oficial como a los duales. La Comunicación “A” 8483 establece que quedan comprendidos los títulos suscriptos de manera primaria a partir de este 17 de septiembre en el marco del Programa de licitaciones para asegurar la liquidez del mercado del Ministerio de Economía, así como aquellos adquiridos en el mercado secundario desde esa misma fecha.

El Ministerio de Economía, que conduce Luis Caputo, lleva adelante el Programa de licitaciones para asegurar la liquidez del mercado al que remite la nueva norma.

La norma también precisa cómo se actualiza el monto de ese cupo. El texto ordenado establece que el importe se calcula sobre la disminución acumulada del saldo de pases pasivos con el Banco Central, sumada al exceso de integración de la exigencia de efectivo mínimo en pesos registrado al cierre de operaciones del 15 de mayo de 2024. Ese monto se actualiza según la tasa de interés que pagó el propio Banco Central por sus pases en distintos períodos, y desde julio de 2025 se ajusta según la Tasa Mayorista de Argentina, más conocida como Tamar.

Los voceros del Banco Central definieron esta adecuación como una redefinición de la referencia de la franquicia, con el objetivo de que el cálculo refleje con mayor precisión la liquidez disponible en el sistema, al incorporar el exceso de efectivo mínimo al stock de pases pasivos que ya se tenía en cuenta.

Un desarme más lento para otro tipo de instrumentos

El segundo punto de la Comunicación “A” 8483 no está vinculado al cupo de Lecap, sino a otro mecanismo: las franquicias que existen para títulos públicos que cuentan con una opción de venta, conocida en la jerga financiera como “PUTs”, concertada con el propio Banco Central. Estas opciones les permiten a los bancos venderle esos bonos al Central bajo determinadas condiciones, lo que reduce el riesgo de tenerlos en cartera y, por eso mismo, quedan excluidos de los límites generales de exposición al sector público.

Las opciones de venta sobre títulos públicos, hasta ahora con un desarme total a los 12 meses del vencimiento, pasarán a eliminarse en dos tramos: a los 24 y a los 36 meses. (Reuters)

Hasta ahora, cuando esas opciones de venta se rescindían, la exclusión del cómputo del límite caía por completo a los doce meses del vencimiento original del bono que le había dado origen a esa franquicia. La nueva norma estira ese plazo y lo divide en dos etapas: la mitad de esa exclusión se elimina recién a los 24 meses posteriores al vencimiento de los títulos, y el 50% restante se da de baja a los 36 meses.

En otras palabras, el desarme de ese beneficio pasa a ser gradual en lugar de completo y de una sola vez, lo que le da a los bancos más tiempo antes de que esos títulos pasen a computar plenamente dentro de los límites de exposición al Tesoro.

El contexto de la medida

Los voceros del Banco Central enmarcaron los cambios en la evolución que tuvo la exposición del sistema financiero a la deuda pública desde 2023. Según los datos difundidos por la propia entidad, en aquel momento el 48,6% de los activos del sistema bancario correspondía a exposición al sector público, mientras que en la actualidad ese ratio se ubica en el 30,6%, con un crecimiento paralelo del financiamiento al sector privado.

Esa caída en la proporción de activos bancarios ligados al Estado es, según el propio organismo, parte de lo que justifica avanzar en una revisión de normas que se fueron acumulando en un contexto distinto, marcado por lo que el Central definió como el excedente monetario de 2023. La entidad sostuvo que buena parte de esas capas normativas quedaron desactualizadas frente a la situación actual del sistema financiero, y que por eso corresponde depurarlas, sin que ello implique modificar el criterio prudencial de fondo con el que se regula cuánta deuda pública puede tener un banco en su balance.