El puerto de Ceuta (Wikimedia Commons)

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha tomado las riendas de una parte del puerto de Ceuta para levantar allí varias carpas destinadas a más de mil personas migrantes. La orden, rubricada este sábado por el ministro Óscar Puente, habilita el uso del muelle de Poniente con carácter temporal.

Detrás de esta decisión hay un choque previo con la Autoridad Portuaria de la ciudad. Un día antes, su Consejo de Administración, controlado por el consistorio ceutí, se había negado a autorizar esas mismas carpas, pese a que así lo había pedido la Secretaría de Estado de Migraciones. Ante esa negativa, el Ministerio ha decidido asumir directamente esa competencia.

La ley de puertos, base jurídica de la orden

Según han trasladado a la agencia EFE fuentes del propio departamento, el documento se sustenta en el artículo 73.3 de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante. Esa norma habilita al Ministerio a autorizar el montaje de las carpas en una parcela de 16.000 metros cuadrados de suelo público portuario.

Las mismas fuentes explican que ha sido “la excepcionalidad de la situación en Ceuta” lo que ha empujado al departamento a hacerse cargo del asunto y atender así la petición de la Secretaría de Estado de Migraciones, para lo cual se cede una parte de la zona de servicio del puerto que ya tiene uso ciudadano.

Descanso, enfermería y atención social, entre los usos previstos

El texto de la orden precisa el propósito de la ocupación: “La instalación temporal de los elementos necesarios para el desarrollo de las funciones legalmente atribuidas a la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional”.

Sobre el terreno, esto implicará distintos tipos de estructuras. Según detalla el documento, “la ocupación se materializará mediante la instalación, con carácter provisional, de carpas y otros espacios destinados a zona de descanso, enfermería y dispensario, así como de áreas para la atención e intervención social, servicios sanitarios, oficinas para el personal de la entidad encargada de la prestación del servicio y una caseta destinada al servicio de seguridad”.

*en ampliación