
La nueva escala salarial para el personal de casas particulares establece montos mínimos que parten de $15.658,56 por semana para quienes realizan tareas generales con retiro durante cuatro horas. El valor más alto para esa misma carga horaria llega a $20.198,32 y corresponde a supervisoras sin retiro.
La actualización surge de la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que fijó un incremento de 1,8% para septiembre sobre las remuneraciones de agosto. La norma salió publicada en el Boletín Oficial el 3 de septiembre y también definió subas para octubre, noviembre y diciembre. El monto que recibe cada trabajadora depende de dos variables: la categoría que corresponde a sus tareas y la modalidad de contratación, con o sin retiro. Para quienes cumplen una jornada reducida, el cálculo se realiza según las horas efectivamente trabajadas y no sobre el salario mensual previsto para otras modalidades.
Las tareas generales con retiro parten de $15.658,56 por semana
En la categoría de tareas generales, que incluye limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y preparación de comidas, el valor mínimo por hora es de $3.914,64 con retiro. Al multiplicar esa cifra por cuatro, la remuneración mínima semanal alcanza los $15.658,56. Para el personal de tareas generales sin retiro, la hora se fija en $4.185,94. En consecuencia, cuatro horas de trabajo a la semana representan un ingreso mínimo de $16.743,76. La diferencia responde a la modalidad de prestación laboral prevista en la escala oficial.
Las trabajadoras dedicadas a la asistencia y cuidado de personas tienen un valor horario de $4.185,94 con retiro y de $4.641,90 sin retiro. Así, el piso semanal para cuatro horas llega a $16.743,76 en el primer caso y a $18.567,60 en el segundo.
La categoría de caseros tiene una sola referencia salarial, debido a que se trata de personal que reside en la vivienda donde presta servicios. El valor por hora es de $4.185,94 y el monto mínimo por cuatro horas semanales se ubica en $16.743,76.
Supervisoras sin retiro alcanzan el monto semanal más alto
La escala establece los importes más elevados para supervisoras. Quienes trabajan con retiro perciben un mínimo de $4.645,33 por hora, por lo que cuatro horas semanales equivalen a $18.581,32. Para supervisoras sin retiro, el valor horario asciende a $5.049,58 y el total semanal llega a $20.198,32. El personal para tareas específicas recibe $4.422,54 por hora con retiro y $4.809,80 sin retiro. En una contratación de cuatro horas por semana, los montos mínimos son de $17.690,16 y $19.239,20, respectivamente.

La clasificación laboral resulta determinante para definir el salario. Cuando una trabajadora desarrolla funciones de más de una categoría, debe encuadrarse según la actividad principal que realiza de manera habitual. Esa definición establece cuál es el valor horario mínimo que corresponde aplicar. La tabla de referencia para cuatro horas semanales queda conformada por cinco categorías. En tareas generales, el piso va de $15.658,56 a $16.743,76; en asistencia y cuidado de personas, de $16.743,76 a $18.567,60; en tareas específicas, de $17.690,16 a $19.239,20; y en supervisión, de $18.581,32 a $20.198,32. Los caseros perciben $16.743,76.
La suma extraordinaria de agosto no se adiciona completa al pago de septiembre
La resolución también dispuso una suma no remunerativa por única vez correspondiente a los salarios de agosto. Para las trabajadoras que cumplieron menos de 12 horas semanales, el monto fue de $8.000. Quienes trabajaron entre 12 y menos de 16 horas recibieron $11.500, mientras que para las contratadas durante 16 horas o más la suma llegó a $20.000.
Una persona que presta servicios cuatro horas por semana integra el primer grupo. Por ese motivo, le correspondió una suma extraordinaria de $8.000 asociada a la remuneración de agosto. Ese importe no se agrega nuevamente en su totalidad al salario de septiembre.
La normativa estableció que el adicional se incorpora de forma progresiva al salario básico. Para quienes trabajan menos de 12 horas semanales, el esquema prevé $2.000 en septiembre, $4.000 en octubre y otros $2.000 en noviembre. La suma de esos tres tramos completa los $8.000 definidos para agosto.
La incorporación gradual modifica la estructura de los básicos durante septiembre, octubre y noviembre. Por eso, el valor vigente para cada categoría ya contempla la primera parte de la integración correspondiente al adicional extraordinario, según el régimen fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

Los incrementos continuarán hasta diciembre
El aumento de septiembre forma parte de un cronograma mensual de actualizaciones. La resolución fijó una suba de 1,9% para agosto, seguida por el 1,8% de septiembre. Para octubre, el incremento previsto es de 1,7%, mientras que noviembre y diciembre tendrán aumentos de 1,6% cada mes. Cada ajuste se aplica sobre los valores del período anterior. A ese esquema se suma la incorporación parcial de la suma extraordinaria de agosto, que incide sobre los salarios básicos de septiembre, octubre y noviembre para los distintos grupos de trabajadoras.
Para las empleadas domésticas mensualizadas, los montos son distintos de los que corresponden a una contratación de pocas horas. En septiembre, el salario mínimo para tareas generales con retiro es de $480.247,85. En la misma categoría, sin retiro, el importe mensual llega a $529.261,78.
Las supervisoras mensualizadas cobran desde $579.493,14 con retiro y hasta $640.641,55 sin retiro. Para tareas específicas, la escala fija $541.402,49 con retiro y $597.854,36 sin retiro. Los caseros tienen un mínimo mensual de $529.261,78.
En asistencia y cuidado de personas, el mínimo mensual es de $529.261,78 con retiro y de $584.936,09 sin retiro. Estos valores corresponden a la modalidad mensual y no deben trasladarse al cálculo de una persona que trabaja cuatro horas a la semana.
El incremento de septiembre, de 1,8%, quedó por debajo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional de julio, que registró una variación mensual de 2,1%, según los datos informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos. La resolución establece pisos legales, por lo que empleadores y trabajadoras pueden acordar remuneraciones superiores a los valores definidos en la escala.



