Las empleadas domésticas tendrán un nuevo aumento salarial desde octubre de 2026, tal como lo estableció la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. La actualización será del 1,7% sobre los valores de septiembre y alcanzará a todas las categorías del régimen.
Además del incremento porcentual, el salario básico incorporará el 50% de la suma no remunerativa otorgada en agosto, lo que modifica la composición de los haberes del personal de casas particulares.
Cuánto valdrá la hora de limpieza en octubre de 2026
La categoría Personal para tareas generales incluye las tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento del hogar y preparación de comidas. Desde octubre, los valores serán los siguientes:
- Con retiro: $4.064,08 por hora.
- Sin retiro: $4.337,53 por hora.
- Mensual con retiro: $498.582,06.
- Mensual sin retiro: $548.429,23.
Cuánto cobrarán las empleadas domésticas según cada categoría
El aumento del 1,7% también alcanza al resto de las categorías del régimen de casas particulares.
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $4.337,53 por hora y $548.429,23 por mes.
- Sin retiro: $4.801,52 por hora y $605.050,00 por mes.
Caseros
- $4.337,53 por hora.
- $548.429,23 mensuales.
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $4.580,80 por hora y $560.776,33 por mes.
- Sin retiro: $4.973,38 por hora y $618.187,89 por mes.
Supervisor/a
- Con retiro: $4.805,82 por hora y $599.514,20 por mes.
- Sin retiro: $5.215,59 por hora y $661.702,46 por mes.

Qué pasa con el bono de las empleadas domésticas
El acuerdo salarial también prevé la incorporación gradual de la suma fija extraordinaria otorgada en agosto. En octubre se suma otro 50% al salario básico, mientras que el porcentaje restante se integrará en noviembre.
Los montos originales del bono fueron:
- Más de 16 horas semanales: $20.000.
- Entre 12 y 16 horas: $11.500.
- Menos de 12 horas: $8.000.
Cómo debe pagarse el salario
La normativa establece que el salario debe abonarse mediante depósito en una cuenta sueldo, salvo que la trabajadora solicite expresamente cobrar en efectivo. En ese caso, el pago debe realizarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante el horario de prestación de servicios.
Además, el personal mensualizado debe percibir su sueldo dentro del cuarto día hábil posterior al cierre de cada mes, mientras que quienes cobran por hora o por jornada pueden hacerlo al finalizar cada día o cada semana, según lo acordado entre las partes.



