El gobierno de Rogelio Frigerio acaba de reglamentar la Ley 11.250 de Gestión Ambiental de Actividades Económicas, una norma que había sido sancionada en enero de este año, y que reemplaza a una vieja ley de contaminación industrial, que databa del 1978.

Entre los requisitos que establece, fija la necesidad de contar con un Certificado Único Ambiental y hasta habilita instancias de “consulta pública” para aprobar proyectos productivos. Aunque con la exclusión expresa de “las actividades y servicios agropecuarios extensivos” -básicamente agricultura y ganadería- el nuevo régimen ambiental entrerriano sí legisla sobre toda actividad intensiva, desde los feedlots y acopios hasta la industria.

La Ley 6.260 reguló la prevención y el control de la contaminación ambiental industrial en la provincia durante casi cinco décadas. Hasta que se sancionó la ley de Gestión Ambiental de Actividades Económicas, que se postila como su reemplazante y como la unificación de varias habilitaciones ambientales dispersas.

En ese sentido, se establece que toda actividad productiva deberá contar con un Certificado Único Ambiental (CUA), aunque fija un período de transición para que los establecimientos que cuenten con habilitaciones vigentes no deban tramitarlo aún.

Para obtenerlo, la ley autoriza expresamente la fiscalización mediante imágenes satelitales, sensores remotos, análisis geoespacial, plataformas digitales, además de inspecciones y toma de muestras de agua, suelo y aire. Para determinados proyectos, contempla una instancia de participación ciudadana para que, mediante audiencia, consulta o modalidad virtual, los vecinos decidan sobre la habilitación.

Por su parte, también dota a los municipios de mayor autonomía para definir usos del suelo y fija una serie de multas, suspensiones, clausuras, decomisos y hasta recomposición ambiental en caso de incumplimientos.

Según consta en su artículo 7, la norma alcanza a “todo proyecto, emprendimiento, obra, instalación o actividad que sea susceptible de degradar el ambiente o alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población en forma significativa, y que fuera realizado o proyectado por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas en territorio de la Provincia de Entre Ríos”.

Ninguna de las “actividades y servicios agropecuarios extensivos” estarán alcanzadas por este régimen en particular, pero las exclusiones no alcanzan al resto de la agroindustria. Por ende, las plantas de acopio, molinos, frigoríficos, industrias lácteas, plantas procesadoras de alimentos, feedlots, granjas porcinas y avícolas, se incluyen en él.

Su obligación concreta, explica la ley, depende de la categorización ambiental y del “riesgo presunto” atribuido al establecimiento. A partir de ello, se determina la obligación de presentar un Estudio de Impacto Ambiental o Informe Ambiental para recibir la habilitación.

Desde su primer artículo, la ley contempla “los principios rectores para preservar, conservar, mejorar y recuperar el ambiente, los bienes naturales y la calidad de vida de la población, de forma armónica con la política provincial de desarrollo integral y sostenible” y desde el gobierno entrerriano aseguran que, sin perder de vista las potestades de control ambiental, no busca cercenar la posibilidad de producir.

“Esta ley y su decreto reglamentario marcan un hito histórico para la provincia. Estamos dejando atrás trámites burocráticos y dispersos para ofrecer a quienes producen e invierten en Entre Ríos reglas claras, certidumbre jurídica y agilidad administrativa. La ley busca la modernización y la simplificación de los procedimientos, pero sin renunciar bajo ningún punto de vista a las potestades de control y fiscalización del Estado provincial”, señaló el ministro de Desarrollo Económico, Guillermo “Willy” Bernaudo.

“Cuidar el ambiente y facilitar la producción no son objetivos contrapuestos cuando el Estado hace bien su trabajo. El decreto reglamentario se fundamenta en los mandatos de nuestra Constitución Provincial y la Ley General del Ambiente, garantizando el derecho a un ambiente sano y equilibrado para las generaciones presentes y futuras”, aclaró por su parte la ministra de Ambiente, Rosa Hojman.

Además del el Certificado Único Ambiental, que unifica y reemplaza a los trámites anteriores, la puesta en vigencia de esta ley establece una serie de criterios para municipios y comunas.

De eso se trata el Certificado de Uso de Suelo Conforme, diseñado para que en toda la provincia se unifique la declaración de la “factibilidad” de las actividades productivas cerca de zonas urbanas, como puede suceder con un feedlot, frigorífico, acopio o granja. De todos modos, la potestad seguirá siendo de cada localidad.

Finalmente, el régimen prevé la puesta en funcionamiento del Registro Provincial Ambiental (RPA) y del Fondo de Control y Fiscalización Ambiental. Se trata de un esquema de cooperación con los gobiernos locales para compartir los fondos que provengan de las sanciones y fortalecer el monitoreo territorial permanente en toda la provincia.