Madrid, 7 sep (EFE).- Los abogados de los 19 acusados en el primer juicio del caso de corrupción Lezo, entre ellos dos exconsejeros del Gobierno del PP de la Comunidad de Madrid que presidió Alberto Ruiz-Gallardón, han pedido que sean eximidos de ser enjuiciados al estimar prescrito el delito de malversación del que les acusa la Fiscalía.
La Audiencia Nacional ha iniciado este lunes la vista de la primera pieza de este caso, seguida por la compra, con un presunto sobreprecio de al menos 19 millones de euros, del 75 por ciento de la sociedad colombiana Inassa por parte del Canal de Isabel II en 2001.
El juicio ha comenzado con las cuestiones previas planteadas por las defensas de los acusados, entre los que se encuentran los exconsejeros madrileños Pedro Calvo Poch y Juan Bravo Rivera, que en el momento de los hechos formaban parte del Consejo de Administración de la empresa pública Canal de Isabel II junto con otros nueve acusados en esta causa.
También se sientan en el banquillo tres excargos del Canal de Isabel II, entre ellos su exgerente y el expresidente de la Cámara de Cuentas de Madrid Arturo Canalda, y otros relacionados con Aguas de Barcelona S.A. (AGBAR).
La Fiscalía Anticorrupción pide para los acusados penas de entre 6 y 7 años de prisión por malversación de caudales públicos agravada.
Más de diez años después de que arrancase la investigación ha comenzado a juzgarse el caso Lezo, por el que fue detenido en 2017 el expresidente madrileño Ignacio González, quien pasó unos seis meses en prisión preventiva y aún no ha sido juzgado.
El también ex secretario general del PP de Madrid no se sienta de momento en el banquillo, al archivar el juez en 2019 esta pieza contra él, y será juzgado a partir del mes de octubre por otra de las ramificaciones de la causa.
En el primer juicio de Lezo, que ha comenzado este lunes, la fiscal mantiene que la compra por el Canal de Isabel II del 75 % de Interamericana de Aguas y Servicios S.A. (Inassa), que fue aprobada el 29 de noviembre de 2001 por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se efectuó por 73 millones de dólares.
Añade que el Canal de Isabel II efectuó esa compra con un "sobreprecio indebido" de entre 19.066.500 y 29.013.109 euros con cargo a fondos públicos, sin motivo alguno que lo justificase, "en beneficio exclusivo de los vendedores", y explica que la operación se realizó a través de una sociedad panameña a la que AGBAR vendió su participación en INASSA.
La fiscal detalla que al menos 9.119.537 euros fueron recibidos por cinco de los acusados relacionados con AGBAR y a su vez copropietarios de la citada sociedad panameña, pero añade que "del resto del precio pagado se desconoce cuál fue su destino final".
Las defensas han solicitado que los acusados sean eximidos de ser juzgados y se acuerde la extinción de su responsabilidad penal al considerar que el delito de malversación de caudales públicos agravada que aprecia la fiscal ha prescrito ya que transcurrieron más de los 15 años legalmente establecidos entre su supuesta comisión y el momento en el que la causa se dirigió contra ellos.
Los letrados han reclamado que el tribunal resuelva la cuestión de la prescripción sin necesidad de celebrar el juicio y que archive el procedimiento con el objeto de evitar que sus representados tengan que sufrir la "pena de telediario".
El abogado de Pedro Calvo ha recordado que "ha pasado un cuarto de siglo desde que sucedieron los hechos".
Por su parte la fiscal ha discrepado de que los hechos hayan prescrito pues considera que hay que contabilizar como fecha de comisión del delito el 20 de febrero de 2002, que fue la fijada para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo de compraventa del 75 por ciento del capital de INASSA.
Las defensas entienden que hay que considerar la fecha de comisión del delito la del 14 de noviembre de 2001, cuando el Consejo de Administración del Canal de Isabel II otorgó la autorización de la operación. EFE
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