
Las Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales han expresado su “honda preocupación” por la decisión cautelar del Tribunal Supremo que impide votar a parte de los españoles nacionalizados mediante la llamada ley de nietos, al considerar que la medida restringe un derecho fundamental antes de que se resuelva el fondo del litigio.
El Supremo ha suspendido cautelarmente las altas de 408.262 electores en el Censo Electoral de Residentes Ausentes desde las elecciones generales de 2023, al apreciar que el aumento derivado de la ley de nietos y de una instrucción posterior puede afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral.
Las asociaciones judicial y fiscal sostienen que la suspensión tiene un efecto inmediato sobre el derecho de sufragio de personas que ya poseen la nacionalidad española. Por ello, los afectados no podrán votar hasta que haya sentencia, salvo que acrediten ser descendientes de exiliados por motivos políticos.
El desacuerdo con el Supremo
La decisión responde a recursos de Vox e Iustitia Europa contra la incorporación al CERA de nacionalizados al amparo de la disposición de la Ley de Memoria Democrática conocida como ley de nietos, destinada a hijos y nietos de españoles exiliados por la Guerra Civil y la dictadura franquista.
El alto tribunal aprecia un “peligro fundado, real y serio” de que el incremento excepcional de inscritos altere el censo electoral y afecte a su regularidad jurídica. Los magistrados han vinculado ese riesgo a las nuevas altas producidas mediante esta vía y a la instrucción posterior que desarrolló su aplicación.
Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales discrepan de esa ponderación. Ambas organizaciones se han alineado con el voto particular de la magistrada María Alicia Millán Herrandis, que se ha desmarcado de la medida adoptada por la sala.

La magistrada subraya que los recursos no se dirigen contra las inscripciones en el CERA, sino contra una decisión de la Junta Electoral Central. En julio, la JEC consideró que no era competente para examinar las reclamaciones planteadas sobre esas altas.
Las dos asociaciones añaden que las medidas cautelares proyectan sus efectos sobre la instrucción dictada por el Ministerio de Justicia en 2022 para desarrollar la ley de nietos, pese a que ese documento no ha sido impugnado “directa ni indirectamente” en el procedimiento. A su juicio, las dudas sobre su adecuación a la ley deben tramitarse por los cauces previstos específicamente para ello.
El principal reproche se refiere a la limitación del sufragio de personas españolas por actos firmes dictados por los órganos competentes conforme a la normativa vigente. Las asociaciones señalan que los afectados no han sido parte en el proceso y que el Supremo no ha realizado un examen individualizado de cada situación.
La excepción y el derecho de voto
La excepción prevista para los descendientes de exiliados políticos también suscita objeciones. Según las asociaciones, depende de una certificación que los afectados no pueden solicitar, lo que introduce una diferencia de trato entre españoles de origen según la vía por la que accedieron a la nacionalidad y exige cautela desde la perspectiva del principio de igualdad.
La crítica se concentra en el contraste temporal entre el riesgo y el perjuicio. Mientras el peligro invocado por el Supremo se proyecta sobre procesos electorales futuros que aún no han sido convocados, sostienen, la privación del voto resulta inmediata y concreta para un número elevado de personas.
“Cuando una medida cautelar limita derechos fundamentales de un número muy elevado de personas, resulta necesario que la ponderación se realice con un rigor especialmente intenso”, han defendido las dos entidades. También apuntan a que existen posiciones discrepantes en el seno de la JEC, lo que revela una controversia interpretativa que, a su entender, debe resolverse al abordar el fondo del asunto y con todas las garantías.
Las asociaciones confían en que el procedimiento, de tramitación preferente, se resuelva con la mayor rapidez posible y antes de que pueda convocarse cualquier proceso electoral, incluidas las elecciones de 2027. Reclaman además a las administraciones implicadas información clara y accesible para quienes ven suspendido su derecho de voto y piden que el censo y las personas afectadas no se conviertan en objeto de confrontación partidista.




