Desde las 00.00 de este sábado 5 de septiembre comenzará a regir en Argentina el nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil. La principal modificación es que los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser imputados, procesados y condenados por delitos, algo que hasta ahora no estaba permitido para menores de 16.

El cambio se produce después de que transcurrieran los 180 días establecidos por la propia ley desde su publicación en el Boletín Oficial. La norma fue sancionada por el Senado a fines de febrero, publicada el 9 de marzo y reemplaza las leyes 22.278 y 22.803, vigentes desde 1980.

+ MIRÁ MÁS: Passerini cuestionó las asambleas en el transporte y las vinculó a las elecciones en la UTA: “No tiene sentido”

La nueva legislación fija un sistema específico para quienes tengan entre 14 y 18 años. La prisión no será automática: para delitos con penas de hasta tres años deberán aplicarse medidas alternativas, entre ellas amonestaciones, programas educativos, trabajos comunitarios, prohibiciones de contacto o monitoreo electrónico.

Nuevo escenario

También cambia el escenario para quienes tengan 16 y 17 años. Con el régimen anterior, la posibilidad de una condena penal estaba vinculada a delitos cuya pena superara los dos años. Ahora podrán ser imputados y sancionados bajo las nuevas reglas, aunque los hechos con penas de hasta tres años no podrán derivar en cárcel efectiva.

Para los delitos que contemplen penas superiores a tres años y de hasta diez, los tribunales podrán optar por sanciones alternativas si se cumplen determinadas condiciones. Entre ellas aparecen la ausencia de condenas previas, que no existan otros procesos firmes en trámite, un dictamen pericial favorable y la conformidad del fiscal, además de una audiencia en la que deberá ser escuchada la víctima.

En los casos considerados más graves sí podrá imponerse una pena de prisión efectiva. Sin embargo, el nuevo régimen establece un límite de 15 años para las condenas y prohíbe expresamente la prisión perpetua para adolescentes, aun cuando el Código Penal contemple penas mayores para personas adultas.

Qué pasa en Córdoba

Liliana Montero, secretaria general de Salud y Desarrollo Humano de Córdoba, explicó en Noticiero Doce cómo se implementará el nuevo esquema: “Lo que se se hizo fue adecuar este código a la normativa nacional porque entra en vigencia a partir del 5 de septiembre. En este sentido sí, porque venimos hablando con todas las jurisdicciones Cordoba va a ser la única provincia que ya tiene porque se va a publicar seguramente entre hoy y mañana, la publicación de su Código Penal Juvenil”.

La funcionaria también destacó que la respuesta ante un delito no se limitará a una eventual privación de la libertad: “Cuando un joven comete un delito debe tener una sanción y se tiene que responsabilizar. Hay una batería de medidas que se tienen que tomar socio-comportamentales que son: tiene que ir a la escuela, tiene que hacer tratamiento, tiene que participar en talleres, tiene que hacer trabajos comunitarios, tiene que ir a mediación, todo lo que es justicia restaurativa”.

Montero agregó que la Justicia podrá avanzar hacia medidas más severas cuando las alternativas no resulten suficientes: “Si la jueza o el juez interviniente considera que esas medidas no son suficientes puede imponer penas que son más gravosas que tienen hasta una pena de privación de la libertad previo audiencia, previo intervención de fiscales, los defensores y, un tema central para Córdoba, la escucha a la víctima que se ha incorporado en esta nueva legislación”.

Además, la normativa contempla reglas específicas para herramientas como los dispositivos electrónicos. “Las penas tienen un máximo de 15 años y también tiene una regulación respecto de los otros institutos, como puede ser el uso de dispositivos electrónicos, todas tienen una regulación que la nacional fija y nosotros decimos ‘este es el procedimiento por el cual se tiene que hacer’”, señaló la funcionaria.