A las 4:51 de la madrugada del 21 de agosto de 2022, un Fiat Siena intentó atravesar un paso a nivel de San Antonio de Padua, en el partido de Merlo. El problema fue que las barreras estaban bajas y las señales sonoras y lumínicas advertían sobre la proximidad del tren.
El conductor avanzó de todos modos y terminó chocando contra una formación de la Línea Sarmiento que circulaba hacia Moreno. El impacto provocó daños en la parte delantera de la locomotora y también afectó el sistema de señalamiento.
El hombre salió por sus propios medios del vehículo, pero la empresa ferroviaria inició una demanda para reclamarle el costo de los daños. Ahora, un juez federal lo condenó a pagar la suma reclamada, además de los intereses y las costas del proceso.
Qué reclamó la empresa ferroviaria
La causa llegó a la Justicia Federal en 2024. La Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) demandó al conductor y presentó distintas pericias accidentológicas para acreditar que había cruzado el paso a nivel mientras las barreras permanecían bajas.
Durante el proceso, el hombre reconoció el reclamo y aceptó el monto exigido por la empresa.
El juez federal Oscar Alberto Papavero, a cargo del Juzgado Federal N° 1 de San Martín, dictó sentencia en junio y lo condenó a pagar $148.012,92, además de los intereses y las costas del juicio.
Aunque el conductor había aceptado el reclamo, eso no significó que quedara liberado de afrontar los gastos del proceso. El juez consideró que, al no haber ofrecido pagar la suma reclamada al momento de contestar la demanda, obligó a la empresa a continuar con las actuaciones judiciales.

Por qué ahora debe pagar mucho más
Uno de los puntos centrales del fallo está en los intereses que se aplican sobre la deuda. Los $148.012,92 fueron calculados tomando como referencia los salarios de los trabajadores ferroviarios vigentes en enero de 2023. Por ese motivo, el juez estableció que los intereses debían comenzar a correr desde esa fecha.
Hasta el vencimiento del plazo fijado para cumplir voluntariamente con la sentencia, se aplicaría la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina (BCRA), identificada como “P 14.290”.
Esto significa que la deuda no quedó congelada en los $148.000 originales, sino que acumuló intereses desde enero de 2023.
En caso de que el condenado no cumpla con el pago dentro del plazo establecido, comienza a aplicarse una tasa activa del Banco Nación, que es más elevada.
Por eso, para septiembre de 2026, el monto ya no sería de $148.000. La estimación provisoria ubica la deuda en alrededor de $300.000, sin contar todavía las costas y los honorarios profesionales.
El monto definitivo quedará establecido una vez que se practique y apruebe la liquidación correspondiente.




