La Justicia dictó la prisión preventiva para un hombre de 35 años acusado de ocultarle a su pareja que tenía VIH y de haberle transmitido el virus. La decisión fue tomada por la jueza Marisa Gabriela Promé, del Juzgado de Garantías N°4 de Bahía Blanca, tras un pedido de la Fiscalía. El acusado quedó imputado por propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas, en concurso ideal con lesiones graves.
La medida se tomó a partir de la denuncia de la mujer, quien se enteró de que tenía VIH durante los controles de un embarazo de mellizos. Según consta en la causa, ambos habían decidido formar una familia y habían dejado de utilizar métodos anticonceptivos. La investigación sostiene que el hombre conocía su diagnóstico desde 2016 y que había interrumpido el tratamiento.
La jueza hizo lugar al planteo de la titular de la UFI N°7 de Bahía Blanca, Marina Lara. Entre los elementos considerados aparecen los antecedentes médicos del acusado y los testimonios de profesionales que lo atendieron. Una infectóloga declaró que lo había diagnosticado en 2016 y que, cuando volvió a verlo en 2018, ya no tomaba la medicación.
La misma médica contó que en 2021 el hombre había asistido a una consulta junto a su pareja, que estaba embarazada. Según su testimonio, en ese momento tampoco estaba bajo tratamiento. Al ser consultada sobre la posibilidad de transmisión del virus en esas condiciones, señaló que existía esa posibilidad, aunque aclaró que no podía afirmarlo con certeza.

La defensa cuestionó la acusación. Sus abogados sostuvieron que no existe una prueba científica concluyente que permita determinar que el acusado fue quien transmitió el VIH a la mujer. Por ese motivo, plantearon la necesidad de realizar un estudio filogenético que permita comparar los virus.
Qué pasó con la otra denuncia
La investigación también incorporó el relato de otra mujer que mantuvo una relación con el acusado entre 2023 y 2024. Ella aseguró que estuvo expuesta al virus sin conocer previamente el diagnóstico del hombre. Sin embargo, la jueza hizo una diferencia entre ese episodio y el caso de la mujer que recibió el diagnóstico durante el embarazo.
En ese segundo caso, la magistrada consideró que no estaba suficientemente probado que el hombre hubiera dejado el tratamiento durante ese vínculo. Por eso, rechazó dictar la prisión preventiva en relación con ese hecho. Además, tuvo en cuenta un estudio de mayo de 2024 que había registrado una carga viral indetectable.
La jueza aclaró que ese resultado correspondía a un momento posterior al episodio investigado en relación con la primera denunciante. La investigación continuará para determinar las responsabilidades que correspondan y avanzar con las pruebas pendientes.
Mientras tanto, la mujer que recibió el diagnóstico durante el embarazo continúa bajo tratamiento médico. Su abogado, Mariano Martínez, respaldó la decisión judicial y pidió preservar la identidad y la privacidad de las mujeres involucradas.


