El Senado modificó el proyecto de reforma de la Carta Orgánica del BCRA y deberá volver a Diputados. (Foto: REUTERS)

El Senado aprobó con cambios la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA), por lo que el proyecto deberá regresar a la Cámara de Diputados. La principal modificación alcanza el procedimiento para la designación y remoción de las autoridades de la autoridad monetaria.

El senador de La Libertad Avanza, Agustín Monteverde, informó que hubo un acuerdo entre los bloques para revisar el esquema previsto para las autoridades de la entidad. El presidente y los directores del Banco Central tendrán mandatos de seis años y requerirán acuerdo del Senado por mayoría absoluta.

El artículo 3 de la iniciativa original establecía motivos concretos para una eventual destitución, entre ellos una falta grave y evidente en el cumplimiento de las funciones. Esa acusación deberá estar respaldada por hechos determinados y verificables.

El procedimiento previsto exigía que el Poder Ejecutivo dicte un decreto y que ambas cámaras del Congreso lo avalen antes de que se haga efectiva la medida. Para ello, iba a ser necesaria una mayoría de dos tercios de los legisladores presentes en cada cuerpo.

El Senado aprobó con cambios el proyecto con 46 votos afirmativos y 22 negativos. (Foto: Luciano Ingaramo/Comunicación Institucional Senado)

A la vez, se eliminaba la intervención de la comisión bicameral creada en 2010, durante la disputa entre el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner y el entonces titular de la entidad, Martín Redrado.

En tanto, la redacción también quita al Poder Ejecutivo la facultad de apartar de manera unilateral a las autoridades monetarias. Cualquier decisión deberá ajustarse a las causales establecidas y acreditar la falta invocada.

Por último, deja sin efecto la presencia de un delegado del Ministerio de Economía en las reuniones del Directorio del Banco Central. También elimina la obligación de que la entidad se pronuncie antes sobre los efectos de las operaciones de endeudamiento externo en la balanza de pagos. El Gobierno considera que ese paso no influye en las definiciones y constituye una exigencia administrativa.

Como el proyecto ya contaba con media sanción de Diputados, la incorporación de este nuevo mecanismo obligará a que la Cámara baja vuelva a tratar la iniciativa. Allí deberá aceptar las modificaciones del Senado para que la reforma quede sancionada o insistir con la redacción original.

Otras claves de la reforma del BCRA

La reforma propone un mecanismo temporal para ordenar el balance del Banco Central. Mientras el Estado nacional mantenga pendientes las letras intransferibles y los adelantos transitorios otorgados por la autoridad monetaria, una parte de las ganancias anuales deberá destinarse exclusivamente a la cancelación de esas obligaciones.

Santiago Bausili, actual presidente del Banco Central de la República Argentina. (Fotos: Charly Diaz Azcue/Comunicación Senado)

La iniciativa dispone además que los adelantos transitorios extiendan sus plazos de vencimiento de forma automática hasta su pago total. Para las letras intransferibles, en cambio, conserva los términos definidos al momento de su emisión y las previsiones que establezca cada ley de presupuesto.

El proyecto cambia las condiciones bajo las cuales el Banco Central podrá distribuir resultados al Estado nacional, en su carácter de accionista. Sólo podrán girarse utilidades líquidas y realizadas; quedarán fuera los resultados originados por cambios en la cotización de las divisas o por variaciones en el precio del oro.

Las ganancias vinculadas a esos dos factores deberán incorporarse al capital de la entidad. Los demás resultados que aún no se hayan concretado quedarán inmovilizados en una reserva especial, sin posibilidad de transferencia al Tesoro hasta que se realicen.

El nuevo artículo 38 también fija un requisito patrimonial. Antes de habilitar cualquier giro, la reserva general y las restantes reservas de resultados deberán representar al menos el 50% del capital del Banco. Si se autorizan transferencias, los fondos sólo podrán aplicarse al pago de deuda pública.

Según los fundamentos, la modificación busca impedir que el BCRA envíe recursos al Tesoro bajo la denominación de utilidades cuando provengan únicamente de ajustes contables derivados de la suba del dólar frente al peso. El mensaje identifica esa práctica como una debilidad del régimen vigente y sostiene que fue aplicada por los gobiernos posteriores a la convertibilidad, incluida la administración de Javier Milei.

Uno de los ejes de la reforma de la Carta Orgánica del BCRA es modificar los objetivos actuales para volver a que solo sea preservar el valor de la moneda. (@GerardoYomal)

Preservar el valor de la moneda

La iniciativa también reemplaza la definición de la misión institucional del BCRA. El artículo 1 establece que su función única, primaria y fundamental será preservar el valor de la moneda.

La fórmula deja atrás el criterio introducido en la reforma de 2012, que asignó al organismo la tarea de impulsar, en línea con las políticas del Gobierno nacional, la estabilidad monetaria y financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social.

Los fundamentos consideran que la acumulación de objetivos dificulta la evaluación de la autoridad monetaria. Plantean que la política monetaria puede orientarse de manera eficaz a la estabilidad de precios, mientras que las demás metas exceden sus herramientas.

Como consecuencia, el directorio dejaría de tener atribuciones para orientar el crédito hacia las pequeñas y medianas empresas o las economías regionales. El proyecto sostiene que esas funciones corresponden a una banca de fomento y no a un banco central.

La iniciativa modifica las condiciones para girar dividendos y utilidades al Tesoro. (Foto: REUTERS)

Nuevas reglas para operaciones financieras y reservas

Otro capítulo incorpora cambios en la operatoria cotidiana de la entidad. El BCRA podrá negociar títulos públicos, monedas y otros instrumentos financieros para cumplir objetivos monetarios, cambiarios, financieros o crediticios. Esas operaciones deberán realizarse a valores de mercado o, cuando ello no sea posible, mediante parámetros técnicos equivalentes.

El texto también establece la inembargabilidad de los activos que componen las reservas internacionales. A su vez, especifica cuáles podrán utilizarse para su inversión, entre ellos el oro y otros activos financieros líquidos. Hasta ahora, esa protección estaba contemplada en la Ley de Convertibilidad de 1991.

La reforma habilita además el uso de reservas como garantía en operaciones propias de un banco central y exceptúa determinados contratos financieros internacionales de una limitación legal vigente.

Por último, la iniciativa concentra en el BCRA la regulación de los sistemas de pago y de las cámaras liquidadoras y compensadoras. También elimina una norma vinculada con la intervención cambiaria y otras disposiciones que permanecían vigentes desde el régimen de convertibilidad de los años 90.