Tras la suspensión por 60 días de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil por parte de la Justicia bonaerense, volvió al centro de la discusión la capacidad de la provincia para implementar la norma. La jueza de Lomas de Zamora que dispuso la medida cuestionó la infraestructura y los recursos disponibles para recibir a los adolescentes de 14 y 15 años que quedarían alcanzados por el nuevo sistema y convocó a una audiencia para el 10 de septiembre.
Para Fernando Soto, abogado penalista, el planteo judicial parte de una premisa que no contempla todas las herramientas previstas por la reforma. Durante una entrevista en Infobae al Regreso, sostuvo que la reducción de la edad de imputabilidad no implica que todos los adolescentes alcanzados por la norma vayan a terminar privados de su libertad. “Con la nueva ley va a haber menos encarcelamiento, al contrario, porque el juez le puede dar alternativas”, afirmó.
Según explicó Soto, frente a delitos que no sean graves, los magistrados podrán recurrir a distintas medidas antes que al encierro. El régimen contempla la permanencia en el domicilio, el alojamiento en institutos especializados, restricciones de acercamiento y de circulación, prohibiciones para conducir vehículos y dispositivos de monitoreo. “Lo puede dejar en la casa, lo puede dejar en un instituto, pero no detenido”, señaló.
A esas alternativas se suman medidas orientadas a la reinserción, como la obligación de completar la escolaridad o realizar tratamientos vinculados con consumos problemáticos. Para Soto, se trata de una diferencia sustancial respecto del esquema anterior, porque “en la nueva ley se le dan un montón de alternativas al juez para delitos que no son graves”.

La discusión por la infraestructura
La falta de establecimientos y recursos para alojar a los adolescentes fue uno de los argumentos centrales de la decisión judicial. La magistrada no declaró la inconstitucionalidad del régimen, sino que suspendió su aplicación durante 60 días para evaluar las condiciones en las que podría implementarse.
Soto cuestionó el planteo a partir de los plazos previstos por la propia norma. Según explicó, las jurisdicciones tuvieron seis meses para realizar las adecuaciones necesarias antes de su entrada en vigencia. Por eso, frente a la suspensión, planteó: “Pasaron seis meses, no lo hicieron. Ahora dicen: ‘En 60 días lo vamos a hacer’. ¿Qué van a arreglar?”.
El abogado también remarcó que la reforma establece expresamente que los adolescentes no pueden ser alojados junto con adultos ni en cárceles comunes. La discusión, sostuvo, debe contemplar esas condiciones de alojamiento y las distintas medidas que pueden aplicarse sin recurrir a la privación de la libertad.
La provincia de Buenos Aires ya tiene antecedentes en esta materia. Soto recordó el amparo iniciado por el CELS por el alojamiento de adolescentes en comisarías bonaerenses, una causa que llegó hasta la Corte Suprema y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “A los chicos los ponían en una comisaría con adultos”, recordó al referirse a aquella situación.

Qué responsabilidad tiene cada jurisdicción
La discusión sobre los recursos también plantea qué nivel del Estado debe hacerse cargo de la infraestructura necesaria. Soto diferenció las competencias nacionales de las provinciales y explicó que, mientras el Código Penal es común a todo el país, la organización de la Justicia y buena parte de los recursos materiales dependen de cada jurisdicción.
“El Código Penal es el mismo para todo el país. Es delito acá lo mismo que en Formosa y en la Patagonia”, explicó. En cambio, señaló que son las provincias las que deben organizar sus tribunales y disponer de jueces, fiscales, defensores y establecimientos adecuados para aplicar las medidas correspondientes.
Por eso, cuestionó que pueda atribuirse al Estado nacional la obligación de determinar la estructura que debe tener cada distrito. “No podemos decirle a Kicillof, a Pullaro: ‘Mire, usted tiene que hacer tantas cárceles, nombrar tantos defensores, tantos fiscales, tantos jueces’”, sostuvo.
Entre las herramientas contempladas por la nueva normativa, Soto destacó además los mecanismos de supervisión para controlar que las medidas impuestas por los jueces efectivamente se cumplan. La función, según describió, es evitar que el seguimiento quede limitado al expediente y permitir que se conozca la situación concreta del adolescente: “Que no se quede con el expediente, que vea cómo vive el menor, cuál es el barrio, cuáles son los pibes amigos”.
Qué cambia para los adolescentes de 14 y 15 años
La reforma incorpora al sistema penal a los adolescentes de 14 y 15 años, aunque el tratamiento dependerá de las características y gravedad de cada delito. Para Soto, el cambio no puede analizarse únicamente como una reducción de la edad de imputabilidad, porque el nuevo régimen también modifica las herramientas disponibles durante el proceso.
En ese sentido, rechazó que las normas internacionales establezcan una edad única de imputabilidad para todos los países. “No hay ninguna convención que establezca qué tipo de régimen penal tiene que tener Argentina, ni ningún país, ni tampoco qué límite de edad tiene que tener”, afirmó.
El abogado también cuestionó el régimen que continúa vigente durante la suspensión judicial. Según sostuvo, el sistema anterior presenta menos garantías para los adolescentes que quedan comprendidos en él. “No tiene ni siquiera derecho a defensor, ni ninguna garantía, ni ningún derecho como tienen los mayores”, aseguró.
Otro de los cambios que destacó está relacionado con la participación de las víctimas. La nueva normativa establece mecanismos para que puedan intervenir y ser escuchadas durante el proceso. “En todos los casos tiene que participar la víctima, se la escucha, no es vinculante, salvo algunas excepciones, como la mediación”, explicó.
Así, la suspensión dispuesta por la Justicia bonaerense dejó planteada una discusión que excede la edad de imputabilidad. El punto central será determinar si la provincia cuenta con las condiciones necesarias para aplicar un régimen que incorpora a los adolescentes de 14 y 15 años, pero que al mismo tiempo prevé distintas medidas alternativas al encierro, mecanismos de seguimiento y mayores garantías durante el proceso.
La audiencia convocada para el 10 de septiembre será el próximo paso para definir cómo continuará la implementación de la reforma en territorio bonaerense.
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