El Gobierno nacional oficializó una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), tras una reunión en donde sindicatos y empresarios no llegaron a un acuerdo. La medida fue oficializada mediante la Resolución 4/2026, publicada durante la madrugada de este miércoles en el Boletín Oficial. La nueva escala fija aumentos mensuales en ocho tramos desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027, y llevarán el salario mínimo de $383.800 a $437.000. Para los trabajadores jornalizados, el valor por hora pasará de $1.919 a $2.185 en el mismo período. De acuerdo a los fundamentos de la resolución, las partes no alcanzaron un acuerdo tras un “extenso intercambio de opiniones”, por lo que la decisión final quedó en manos del Poder Ejecutivo. MES A MES: CÓMO SERÁN LOS AUMENTOS SALARIALES La medida abarca a los trabajadores bajo el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional. También alcanza a las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen en carácter de empleadores. Los valores mensuales rigen para empleados con jornada completa, mientras que los montos horarios se aplican a jornalizados. * Septiembre de 2026: $383.800 por mes y $1.919 por hora. * Octubre de 2026: $391.200 por mes y $1.956 por hora. * Noviembre de 2026: $398.800 por mes y $1.994 por hora. * Diciembre de 2026: $406.400 por mes y $2.032 por hora. * Enero de 2027: $414.200 por mes y $2.071 por hora. * Febrero de 2027: $422.000 por mes y $2.110 por hora. * Marzo de 2027: $429.600 por mes y $2.148 por hora. * Abril de 2027: $437.000 por mes y $2.185 por hora. Por otra parte, la resolución detalla cómo el nuevo esquema de salario impacta en el cálculo de la prestación por desempleo para trabajadores desvinculados. De acuerdo a lo que se dispuso, se mantendrá la fórmula utilizada para determinar los cobros mensuales de este beneficio de seguridad social. De esta forma, la asistencia económica será equivalente al 75% del neto de la mejor remuneración de los últimos seis meses. Además, la prestación no podrá quedar por debajo del 50% del salario mínimo vigente ni superar el 100%.