Perú habilitó un régimen temporal de Obras por Impuestos para acelerar intervenciones ante el Fenómeno El Niño 2026-2027.

El Gobierno de Perú habilitó un régimen temporal de Obras por Impuestos (OxI) que permitirá reducir a menos de 30 días hábiles el proceso para ejecutar intervenciones de prevención, preparación, respuesta y rehabilitación frente al Fenómeno El Niño 2026-2027.

La medida, aprobada mediante el Decreto de Urgencia N° 010-2026, busca movilizar recursos y capacidad de ejecución del sector privado antes de la llegada de lluvias intensas.

La norma estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027. Su aplicación alcanza a entidades de los tres niveles de gobierno, universidades públicas, empresas privadas y supervisoras que participen en proyectos desarrollados.

La priorización de proyectos podrá bajar de 50 a menos de 10 días hábiles

El decreto establece cambios en las etapas previas a la ejecución de las intervenciones. Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la fase de priorización y actos previos, que podía demandar alrededor de 50 días hábiles, se reducirá a menos de 10 días.

La contratación y el perfeccionamiento del Convenio de Inversión, que en el procedimiento regular podía tomar 45 días hábiles, tendrán un plazo de hasta 18 días. De esta forma, el proceso total entre la priorización de la intervención y la firma del convenio podrá completarse en menos de 30 días hábiles.

El Decreto de Urgencia N° 010-2026 estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027 e incluye a entidades públicas, universidades, empresas privadas y supervisoras.

El régimen permite ejecutar mediante Obras por Impuestos (OxI) diversos servicios de prevención, preparación, respuesta y rehabilitación. Como se recuerda, el exministro Alex Contreras llegó a catalogarla como “SeXi” (servicios por impuestos).

También incluye las Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición, conocidas como IOARR, en zonas declaradas en emergencia o destinadas a atender los efectos del Fenómeno El Niño.

Las empresas privadas serán seleccionadas mediante contratación directa

La principal modificación es la autorización de la contratación directa de empresas privadas y entidades privadas supervisoras. El titular de la entidad pública deberá aprobarla mediante resolución, tras contar con informes técnicos y legales, dentro de los cuatro días hábiles posteriores a la designación del comité especial.

Luego, el comité deberá invitar al menos a dos empresas privadas y, si corresponde, a dos supervisoras. Cuando haya más de una oferta que cumpla los requisitos, se elegirá la de menor monto.

Tras la adjudicación, la empresa tendrá hasta siete días hábiles para presentar la documentación necesaria y la entidad pública deberá revisarla en un día. La firma del Convenio de Inversión deberá concretarse al día hábil siguiente.

El Ministerio de Economía y Finanzas informó que la priorización y los actos previos de Obras por Impuestos se reducirán de cerca de 50 días hábiles a menos de 10 días.

Las IOARR de emergencia no requerirán un registro previo

Las IOARR de emergencia podrán incorporarse a las listas de priorización sin que antes estén registradas en el Programa Multianual de Inversiones. La entidad deberá efectuar ese registro durante la fase de ejecución.

La norma también reduce a cinco días hábiles el plazo para aprobar la versión final del expediente técnico o documento equivalente en este tipo de intervenciones. La empresa privada y la entidad pública tendrán 10 días hábiles para presentar y revisar la liquidación del convenio.

La Dirección General del Tesoro Público deberá emitir los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL) o los Certificados de Inversión Pública Gobierno Nacional (CIPGN) en un máximo de cinco días hábiles desde la recepción de la solicitud y la documentación correspondiente.

El proceso entre la priorización de la intervención y la firma del Convenio de Inversión podrá completarse en menos de 30 días hábiles para anticipar obras antes de las lluvias intensas.

El estado de emergencia abarca 893 distritos del país

Las disposiciones se dictaron después de que la Comisión Multisectorial Encargada del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN) mantuvo la alerta por El Niño Costero.

El informe técnico del 26 de agosto proyectó una alta probabilidad de que alcance una magnitud extraordinaria entre septiembre de 2026 y enero de 2027.

El escenario también contempla que El Niño alcance una magnitud muy fuerte durante ese período, con máxima intensidad prevista entre noviembre y diciembre de 2026. Por ello, el Ejecutivo declaró el estado de emergencia en 893 distritos por peligro inminente de lluvias intensas asociadas al fenómeno.

El decreto exonera de manera excepcional la solicitud de un informe previo de la Contraloría. Sin embargo, el organismo mantiene sus atribuciones para realizar controles simultáneos y posteriores.

Finalmente, Proinversión deberá hacer seguimiento de los servicios e IOARR de emergencia y enviar un informe mensual al Ministerio de Economía y Finanzas.