España endurecerá las reglas para los patines eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP). A partir del 1 de octubre, quienes circulen por las veredas podrán recibir multas de hasta 200 euros, como parte de la actualización del Reglamento General de Circulación.
La medida fue aprobada por el Gobierno español y busca reforzar la seguridad de los peatones, además de unificar las normas para este tipo de vehículos en todo el país.
Qué cambia desde el 1 de octubre
Con la entrada en vigor de la nueva normativa, los vehículos de movilidad personal deberán respetar una serie de requisitos obligatorios:
- Edad mínima de 15 años para conducir un VMP.
- Uso obligatorio de casco en la vía pública.
- Luces encendidas y chaleco reflectante durante la noche o con baja visibilidad.
- Prohibición de circular por las veredas, salvo excepciones que puedan establecer ordenanzas locales específicas.
El objetivo principal es que estos vehículos compartan la calzada con el resto del tránsito o utilicen las vías especialmente habilitadas para su circulación.

De cuánto es la multa por ir por la vereda
La infracción por circular con un patín eléctrico o un vehículo de movilidad personal sobre la vereda podrá ser sancionada con hasta 200 euros.
El importe final dependerá de la gravedad de la infracción y de la aplicación de la normativa por parte de las autoridades competentes.
Qué vehículos deberán circular por la calzada
La regulación alcanza a los vehículos de movilidad personal, definidos como aquellos destinados a una sola persona y propulsados exclusivamente por un motor eléctrico, con una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h.
Entre ellos se encuentran:
- Patines eléctricos.
- Monociclos eléctricos.
- Segways y vehículos de autoequilibrio.
- Hoverboards.
Con esta modificación, España busca reducir los conflictos entre peatones y vehículos eléctricos ligeros, priorizando la circulación segura en los espacios destinados a cada usuario.




