Casi tres décadas después de los asesinatos de Irina Laura Montoya y María Dolores Sánchez, el caso de las mochileras volvió a abrir una discusión que, para la familia de una de las víctimas, permaneció pendiente durante años: quiénes fueron responsables de que las condiciones para el crimen estuvieran dadas, además del hombre que las mató.
En las últimas horas, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca confirmó y amplió la condena contra Eduardo Fermín Eliçabe, autor material del doble crimen, y sumó como responsable civil a Leónidas Hugo Soria, excomisario y propietario de la empresa de seguridad para la que trabajaba el asesino.
El tribunal consideró relevante que Eliçabe se desempeñara como custodio y que esa función hubiera contribuido a generar la confianza que permitió que las jóvenes subieran a su vehículo. Ahora, ambos deberán indemnizar a la familia de Irina con $21.060.000 más intereses por los daños sufridos.
Para Alejandro Vecchi, abogado de la familia Montoya, ese punto resulta central. “La Justicia por fin comienza a reconstruir el hecho en toda su dimensión y no solamente desde la conducta individual del autor material”, señaló a TN.
Según explicó, Eliçabe “no apareció circunstancialmente” en la vida de las jóvenes. Se encontraba trabajando como custodio dentro de una estructura de seguridad y, justamente, esa apariencia funcional habría sido determinante para que Irina y María Dolores confiaran en él.
“La función de custodio no constituyó una circunstancia accidental o indiferente respecto del resultado”, remarcó Vecchi. En su interpretación, existe una relación entre la tarea que desempeñaba Eliçabe, la confianza que esa condición generó en las mochileras y la oportunidad que finalmente aprovechó para cometer el crimen.
En este sentido, el abogado sostuvo que el fallo civil reconoce un aspecto que, durante años, había quedado desplazado: la relación laboral entre Eliçabe y Soria no fue ajena al homicidio.
“Si la condición de custodio explica por qué las víctimas confiaron en él, esa misma condición debe necesariamente ser considerada al determinar las responsabilidades de quienes lo colocaron y permitieron que permaneciera en esa posición”, afirmó.
El caso se conoció como el de “Las mochileras” y generó un fuerte impacto social. Eliçabe fue condenado a prisión perpetua. Sin embargo, tras 13 años en la cárcel y ser beneficiado por la ley del 2x1, recuperó la libertad a fines de 2010.
“La pregunta no es solamente quién disparó”
La familia de Irina no considera que la indemnización económica cierre el reclamo. De hecho, Vecchi anticipó que apelará ante la Suprema Corte bonaerense para que también se analice la eventual responsabilidad del Estado provincial.
El planteo apunta a determinar qué controles existían sobre la empresa de seguridad, quién debía fiscalizarla, qué se hizo respecto de sus irregularidades y cuáles eran los controles que correspondían sobre Eliçabe, sus antecedentes y el arma que portaba.
“No sostenemos que el Estado sea un asegurador universal frente a cualquier delito cometido por un particular”, aclaró el abogado. La discusión, según explicó, es otra: cuando el Estado somete una actividad riesgosa como la seguridad privada a un sistema de habilitación, fiscalización y control, también asume obligaciones concretas.
“La pregunta institucional es también qué organismos tenían la obligación jurídica de controlar una actividad de seguridad, qué hicieron, qué omitieron hacer y si esa omisión permitió que subsistieran las condiciones que facilitaron el hecho”, cuestionó Vecchi.
El crimen de las mochileras y la perspectiva de género
El otro eje que el abogado busca instalar es la perspectiva de género. Irina tenía 24 años y María Dolores, 18, cuando fueron asesinadas en febrero de 1998, después de haber iniciado un viaje desde Santa Fe hacia la Patagonia.
Eliçabe cruzó a las víctimas cuando circulaba en su Fiat Duna Weekend por la ruta 33 y se ofreció a llevarlas hasta Bahía Blanca. Sin embargo, en el camino se desvió hacia un camino rural, donde las atacó sexualmente y después las asesinó a balazos.
Para Vecchi, durante décadas el expediente fue observado casi exclusivamente desde la perspectiva del homicidio y no desde la violencia ejercida contra dos mujeres jóvenes.
Aunque el abogado reconoce que el delito de femicidio incorporado al Código Penal en 2012 no puede aplicarse retroactivamente a un crimen cometido en 1998, aclaró: “La perspectiva de género no consiste en aplicar hacia atrás una ley penal más gravosa, consiste en comprender adecuadamente los hechos, las relaciones de poder, la eventual violencia sexual, la vulnerabilidad aprovechada y las obligaciones estatales de prevención, investigación, sanción y reparación”.
En ese sentido, invoca las obligaciones internacionales asumidas por la Argentina a través de la CEDAW y la Convención de Belém do Pará, que ya formaban parte del marco jurídico argentino cuando ocurrió el crimen.
“Ninguna familia pone precio a una hija”
La familia de Irina inició la demanda civil apenas dos años después del crimen. La condena penal contra Eliçabe quedó firme en 2006, pero la respuesta en el expediente de daños demoró casi dos décadas más.
Para Vecchi, el paso del tiempo constituye uno de los aspectos más graves del caso.
“Veintiséis años para obtener una respuesta jurisdiccional en una acción de daños excede cualquier noción razonable de tutela judicial efectiva”, afirmó.
Ramón Montoya y María del Carmen Gómez, los padres de Irina, atravesaron durante ese tiempo el asesinato de su hija, el proceso penal, la condena de Eliçabe, su posterior salida de prisión y, en paralelo, un proceso civil que se extendió durante más de un cuarto de siglo.
La madre de Irina, de hecho, resumió el sentimiento de la familia al referirse a la indemnización: “No nos interesa el dinero, lo que nos interesaba es que él estuviera en la cárcel”.
Vecchi interpreta esa frase como la síntesis del reclamo que lleva adelante desde hace años. “Ninguna familia pone precio a una hija”, subrayó, sobre el cierre de la entrevista con TN. Y explicó que el dinero es apenas la herramienta con la que el derecho civil intenta reparar un daño que, en términos humanos, resulta irreparable.
“Esta familia nunca persiguió enriquecerse; persiguió verdad, justicia y responsabilidad”, concluyó el abogado.



