Diego Spagnuolo y Javier Milei

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones porteña ratificó el avance del peritaje de los audios de la causa ANDIS y la validez de la citación al exfuncionario Diego Orlando Spagnuolo. El juez Ariel Lijo solicitó su colaboración para que aporte una muestra de su voz que pueda ser cotejada con las grabaciones en los laboratorios de la Gendarmería Nacional, donde se desarrolla el estudio forense.

De esta manera, el tribunal de alzada, integrado por los camaristas Roberto Boico y Eduardo Farah, rechazó el planteo de nulidad y el pedido de suspensión de la pericia que había presentado la defensa del exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad.

Lijo, como subrogante del Juzgado Federal N° 11, ordenó el peritaje el pasado 28 de mayo. En el punto “V.2” de esa resolución, el magistrado dispuso que la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería citara a Spagnuolo para que entregara muestras de voz indubitadas. Básicamente, que se presente y hable ante un micrófono.

El objetivo de la medida es realizar un análisis comparativo con los audios atribuidos al exdirector de ANDIS, los cuales fueron aportados al expediente por el periodista Mauro Federico. La medida apunta a establecer científicamente si la voz es la de Spagnuolo o no.

Infobae reveló el pasado fin de semana que la Gendarmería Nacional suspendió el cotejo, al menos por ahora. Así lo decidieron los peritos oficiales en un giro inesperado: primero habían dicho que uno de los audios más largos que se analizaron, de 3 minutos y 11 segundos de duración, era apto para la comparación; luego “revisaron” esa decisión y dictaron lo contrario.

Fotografía: RSFotos

Los especialistas de la Dirección General de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), designados como peritos de parte por el fiscal de la causa, Franco Picardi, manifestaron su oposición y sostuvieron que el archivo es apto para el cotejo. Incluso ofrecieron sus oficinas y herramientas para avanzar.

Hasta encontrar un audio que la Gendarmería considere idóneo para compararlo con la voz real de Spagnuolo, este punto clave del peritaje seguirá en pausa. Las fuentes consultadas señalan que, si esto no se puede hacer con la grabación más larga, tampoco se podría con las de menor duración.

Revés para Spagnuolo

El abogado defensor del exfuncionario libertario, Pablo Parera, interpuso un planteo de nulidad contra esa citación. El letrado argumentó que la convocatoria vulneraba el artículo 18 de la Constitución Nacional, el cual establece que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo. Según la defensa, requerir una muestra de voz implica utilizar al imputado como un sujeto de prueba activo sin su consentimiento, exigiéndole una colaboración que podría resultar incriminatoria.

Asimismo, Parera cuestionó la validez de las grabaciones incorporadas a la causa. Afirmó que los audios presentan inconsistencias técnicas, signos de edición, cortes y posibles alteraciones realizadas mediante herramientas de inteligencia artificial. También señaló que existe una investigación paralela en el Juzgado Federal N° 12 sobre la presunta obtención ilegal de esas comunicaciones privadas, por lo que consideró improcedente avanzar con el peritaje hasta que se aclare su origen.

El fiscal federal Franco Picardi solicitó el rechazo total del planteo defensivo. El acusador, a cargo de la investigación del caso de corrupción, sostuvo que la nulidad era improcedente porque el acto cuestionado aún no se había ejecutado y, por ende, no existía un perjuicio real o concreto. Explicó que el protocolo vigente contempla la posibilidad de que el imputado se niegue a realizar la prueba, en cuyo caso el juez debe decidir los pasos a seguir.

Lo cierto es que Spagnuolo no está obligado a colaborar. Podría haber presentado un escrito avisando que no asistiría a la cita.

La investigación por presuntas maniobras de corrupción en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) está delegada en el fiscal federal Franco Picardi. - Foto de archivo / Fiscales.gob.ar

Picardi remarcó una contradicción en la estrategia de la defensa, ya que el propio perito propuesto por Spagnuolo, Marcelo Antonio Torok, había sugerido puntos de pericia orientados a identificar si la voz de las grabaciones correspondía al exfuncionario. Además, el fiscal propuso que, ante una eventual negativa del acusado, los expertos utilicen como material de comparación diversas entrevistas que Spagnuolo brindó a canales de televisión y streaming durante los años 2024 y 2025.

El juez Ariel Lijo rechazó la nulidad y denegó la suspensión de la pericia. El magistrado coincidió con la fiscalía en que la defensa no demostró un perjuicio actual, sino que basó su reclamo en consecuencias futuras e hipotéticas. En sus fundamentos, Lijo diferenció al “sujeto de prueba” del “objeto de prueba”. Explicó que la voz, al igual que las huellas dactilares o el ADN, es un rasgo biométrico que puede ser analizado científicamente sin que esto implique una confesión o una declaración forzada.

Qué dijo la Cámara Federal

Tras la apelación presentada por la defensa, el expediente fue elevado a la Sala II de la Cámara de Apelaciones. Este martes, a la par que confirmaron los procesamientos de Spagnuolo y otros 18 acusados, los jueces Farah y Boico firmaron la resolución que confirmó el fallo de primera instancia.

El tribunal de alzada determinó que los agravios de la defensa no podían ser receptados. Los camaristas señalaron que el juez de grado no obligó ni coaccionó a Spagnuolo a aportar su voz, sino que simplemente le otorgó la oportunidad de hacerlo en el contexto de la pericia ordenada para verificar la autenticidad de los audios.

En su resolución, los magistrados equipararon esta solicitud de colaboración con la que se le requiere a cualquier imputado cuando es convocado a prestar declaración indagatoria o a realizar un cuerpo de escritura para un cotejo caligráfico, actos en los cuales el acusado conserva la libertad de elegir si brinda o no su consentimiento.