Bastián Escalante tenía 10 años

En un polémico fallo, el Tribunal de Casación Penal bonaerense ordenó revisar la pena de 21 años de prisión que recibió Juan Alberto García Tonzo, el policía bonaerense condenado por la muerte del niño Bastián Escalante, de 10 años, quien falleció en 2024 tras ser alcanzado por uno de los disparos que el agente efectuó contra delincuentes intentaron robarle su moto en Wilde.

En la resolución, a la que accedió Infobae, los jueces de la Sala III mantuvieron la condena y la calificación legal de los hechos, pero cuestionaron tres elementos que habían sido utilizados para agravar la pena: la edad de Bastián, la conducta del policía después del hecho y el uso abusivo del arma reglamentaria. Por eso, ordenaron realizar nuevamente la audiencia de cesura.

García Tonzo había sido condenado el 8 de octubre de 2025 a 21 años de prisión y 10 años de inhabilitación especial. Un jurado popular lo había declarado culpable por el crimen de Bastián -homicidio con dolo eventual agravado por el uso de arma de fuego- y por los disparos a los delincuentes -homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, cometido con exceso en la legítima defensa-.

En el dictamen de Casación, los magistrados Víctor Horacio Violini y María Florencia Budiño coincidieron en mantener su responsabilidad penal, pero consideraron que la jueza María Angélica Sayago del Castillo cometió un error en valorar las tres cuestiones mencionadas anteriormente para establecer la pena.

Los padres de Bastián Escalante con su abogado Matías Morla

El primer punto tiene que ver con que la magistrada en primera instancia había considerado como una circunstancia agravante que la víctima fuera un niño de 10 años. Casación entendió, en cambio, que ese dato ya estaba comprendido dentro del propio hecho por el que García Tonzo fue condenado, por lo que volver a utilizar esa circunstancia para aumentar la pena implicaría valorarla nuevamente.

El segundo tiene que ver con que la sentencia principal había tenido en cuenta que el policía no auxilió a Bastián después de los disparos y que tampoco había mostrado, según la apreciación de la jueza, un arrepentimiento sincero durante el juicio. No obstante, Casación consideró que esas circunstancias posteriores al hecho no podían ser utilizadas como agravantes para incrementar la pena.

El tercer elemento fue el uso abusivo del arma de fuego reglamentaria. En el juicio se había considerado como un dato grave que García Tonzo utilizara su arma en una zona de circulación de vecinos, en un horario en el que había movimiento por la salida de chicos de una escuela y un club ubicados en la misma zona. Pero Casación entendió que ese dato no podía ser utilizado nuevamente como agravante cuando ya se había ponderado su condición de funcionario público y el uso del arma dentro de la calificación penal.

En la resolución, el tribunal también rechazó el planteo de la defensa que pretendía que toda la conducta fuera considerada como un exceso en la legítima defensa y que la pena se redujera sustancialmente. Los jueces señalaron que, por el concurso ideal de delitos, la escala aplicable era la correspondiente al homicidio agravado por el uso de arma de fuego, cuyo máximo alcanza los 33 años y cuatro meses de prisión.

Sin embargo, la decisión de pedir que se revea la pena del condenado generó rechazo de la familia de Bastián. Matías Morla, abogado de los padres del niño, cuestionó que se eliminaran esos tres agravantes y sostuvo que la familia continuará reclamando el máximo de la pena. “Obviamente que no estamos de acuerdo con el fallo de Casación”, sostuvo el letrado.

Morla destacó además que los familiares del menor avalan que se mantenga la condena y que no se realice un nuevo juicio, pero insistió en que no está de acuerdo con revisar la cantidad de años. “Nosotros vamos a seguir pidiendo el máximo de la pena para los delitos por los que fue condenado, es decir 33 años”, afirmó.

La fiscal del caso, Mariela Montero, también apeló la resolución de Casación y buscará que se mantengan los 21 años de prisión establecidos originalmente. Ahora, la discusión deberá concentrarse en la nueva audiencia de cesura.