El Gobierno celebró este lunes el procesamiento de ocho altos mandos iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA, dictado por el juez federal Daniel Rafecas, y lo atribuyó a la ley de juicio en ausencia. El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, marcó el posicionamiento oficial, que luego fue replicado por el presidente Javier Milei.

“El procesamiento dictado por la Justicia Federal en la causa AMIA marca un hito en la lucha contra la impunidad”, escribió Mahiques en su cuenta de X, donde etiquetó al Presidente. Y agregó: “Gracias a la ley de juicio en ausencia, hoy se procesó a 8 iraníes y libaneses como autores del atentado a la AMIA y pronto habrá en Argentina un juicio oral por estos hechos. Un paso histórico en favor de las 85 víctimas, sus familias y toda la sociedad argentina”.

Milei, por su parte, escribió en la misma red social a continuación del mensaje de Mahiques: “La Moral como Política de Estado. ¡MAGA!”.

El mensaje de Milei sobre el juicio en ausencia por el atentado a la AMIA. (Foto X @JMilei)
El mensaje de Milei sobre el juicio en ausencia por el atentado a la AMIA. (Foto X @JMilei)

El Gobierno buscó apropiarse de la medida judicial tras la aprobación de Ley de Juicio en Ausencia, número 27.784, que incorporó en 2025 dicha herramienta en el Código Procesal Penal.

Por eso la jefa de La Libertad Avanza en el Senado, Patricia Bullrich, también se expresó sobre la resolución y apuntó contra el kirchnerismo. “32 años tuvieron que pasar para que la Justicia pueda avanzar contra los iraníes prófugos acusados por el atentado a la AMIA. La Ley de Juicio en Ausencia, que aprobamos el año pasado, vino a terminar con la impunidad: si un acusado de terrorismo se fuga, la Justicia no se detiene. Todo lo contrario al Memorándum con Irán que firmó Cristina Kirchner para exculparlos y que queden impunes”, sostuvo la senadora.

En su resolución, Rafecas determinó que el atentado del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y 151 heridos, fue decidido por la cúpula del gobierno iraní en agosto de 1993 y ejecutado por Hezbollah. El juez procesó como autores mediatos a Ali Fallahijan (exministro de Inteligencia), Ali Velayati (exministro de Relaciones Exteriores), Mohsen Rezai (excomandante de la Guardia Revolucionaria) y Ahmad Vahidi (comandante de la fuerza Al Quds).

Además, procesó como “cómplices necesarios” a Hadi Soleimanpour (exembajador de Irán en la Argentina), Mohsen Rabbani (exconsejero cultural de la embajada iraní) y Ahmad Asghari (exagente de inteligencia), y a Salman Raouf Salman, el agente libanés de Hezbollah que habría coordinado la etapa final del atentado.

El atentado a la AMIA del 18 de julio de 1994 dejó 85 muertos y 151 heridos. (Foto: Reuters)
El atentado a la AMIA del 18 de julio de 1994 dejó 85 muertos y 151 heridos. (Foto: Reuters)

Según la reconstrucción de la resolución, los responsables compraron una camioneta Renault Trafic el domingo 10 de julio de 1994, la acondicionaron y la cargaron con 300 kilos de amonal y TNT. El vehículo quedó preparado el 15 de julio en un estacionamiento a cuatro cuadras de la AMIA. Los autores esperaron tres días para hacerlo explotar, a media mañana, en el momento de mayor concurrencia al edificio. Rafecas sostuvo que el atentado fue encomendado a Hezbollah, que organizó su ejecución mediante una red de apoyo regional y local con base en la Triple Frontera, entre Ciudad del Este (Paraguay), Foz de Iguazú (Brasil) y Puerto Iguazú (Argentina).

El magistrado también dio por probado que el ataque a la AMIA fue coordinado con un segundo atentado contra la comunidad judía, ocurrido al día siguiente en Panamá, cuando un pasajero suicida hizo explotar un avión de línea y mató a sus tres tripulantes y a 17 pasajeros. Cuatro días después, según la resolución, Hezbollah reivindicó ambos hechos de forma conjunta desde El Líbano, con la denominación de cobertura “Ansar Allah”. A partir del dictamen de la UFI AMIA, Rafecas dispuso darle intervención a la Corte Suprema, por la posible conexidad con la causa por el atentado a la Embajada de Israel de 1992, que tramita en ese tribunal.

Rafecas calificó los hechos como delitos de lesa humanidad y genocidio, y dispuso un embargo de US$500.000.000 para cada uno de los procesados. Las medidas se dictaron bajo el régimen de juicio en ausencia, que permite avanzar aunque los acusados estén prófugos. El procesamiento podrá ser apelado por la Defensa Oficial. Si las instancias superiores lo confirman, el juzgado correrá vista a la Fiscalía y a las querellas, para luego elevar la causa a juicio oral ante un Tribunal Oral Federal de la Capital.