Las Administradoras de Fondos de Pensiones Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia dejarán de cobrar durante tres meses la comisión legal por retiro de cesantías destinado a compra, reparación o mejoramiento de vivienda para trabajadores damnificados por el terremoto del 10 de agosto de 2026. Esta medida busca acelerar la reconstrucción de hogares en los departamentos Caldas, Risaralda, Chocó, Valle del Cauca y Quindío.

El sismo dejó más de 134.000 viviendas averiadas y cerca de 29.500 destruidas en las zonas afectadas, arrojaron los datos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd). Ese daño habitacional es el marco de la decisión anunciada por el gremio de fondos de pensiones y cesantías.

La exención regirá en septiembre, octubre y noviembre y aplicará sobre retiros de cesantías vinculados a soluciones de vivienda de los trabajadores afectados, según la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos). El objetivo, señaló el gremio, es que esos ahorros lleguen de manera más ágil y completa a quienes deben reconstruir su casa.

Fondos de pensiones privados dejarán de cobrar comisiones durante tres meses por retiro de cesantías a los afectados del terremoto - crédito Joel González/Presidencia

“Es momento de que todos apoyemos a los miles de colombianos afectados por esta tragedia. Seguimos de su lado, y qué mejor instrumento que el ahorro de las cesantías, que es de cada trabajador, para ayudarlo a levantar de nuevo su vivienda”, dijo Andrés Velasco, presidente de Asofondos, en un video publicado en redes sociales.

El alto funcionario afirmó que el procedimiento para retirar las cesantías exige primero una solicitud escrita al empleador para obtener la autorización. Luego, el trabajador debe reunir los documentos que acrediten su condición de damnificado y presentar esa autorización junto con los soportes ante su fondo de cesantías, ya sea de manera presencial o por los canales virtuales habilitados.

Una vez aprobada la solicitud, el fondo hace el desembolso en los días siguientes. Durante septiembre, octubre y noviembre, ese trámite no requerirá intermediarios ni el pago de la comisión cobrada por ley para este tipo de retiro.

Los fondos reforzaron la atención para tramitar retiros por daños en vivienda

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, señaló que los trámites no requieren de terceros, son completamente gratuitos y se gestionan directamente con cada administradora - crédito Asofondos

Andrés Velasco indicó que, desde el momento del terremoto, las administradoras reforzaron sus equipos y canales de atención para responder a las solicitudes relacionadas con el uso de cesantías. La mayor parte de esos trámites, según Asofondos, está dirigida a la reparación de viviendas afectadas y a la compra de inmueble.

El líder gremial también dijo que la medida abarca a trabajadores formales afiliados a fondos de cesantías administrados por Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia. La publicación también remarcó que el trámite debe hacerse directamente con cada administradora.

Incluso, insistió en ese punto con una advertencia sobre los costos del proceso: “Recuerden que los trámites para acceder a estas opciones no requieren de terceros, son completamente gratuitos y se gestionan directamente con cada administradora”.

El auxilio funerario cubre entre 5 y 10 salarios mínimos para afiliados o pensionados fallecidos

El auxilio funerario cubre entre 5 y 10 salarios mínimos para afiliados o pensionados fallecidos - crédito VisualesIA/ScribNews

Asofondos también recordó que la sola afiliación a un fondo de pensiones da derecho a un auxilio funerario. Ese beneficio se activa cuando fallece un afiliado o pensionado, y puede reclamarlo la persona que asumió los gastos del sepelio, tenga o no vínculo familiar con el fallecido.

El monto equivale a entre cinco y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes y se calcula con base en el último ingreso sobre el que cotizó el afiliado o en la última mesada del pensionado. Para solicitarlo, se debe presentar el formulario de solicitud, el registro civil de defunción, la factura detallada de los gastos funerarios, el documento de identidad del reclamante, la certificación bancaria y, si corresponde, la autorización de los herederos.

El trámite del auxilio funerario se realiza directamente ante el fondo de pensiones del fallecido. No requiere intermediarios y no tiene costo alguno.