Golpe a los ejércitos de los cárteles, Sinaloa aprueba hasta 30 años de cárcel por el reclutamiento forzado de menores
Crédito: X/ @congresosinaloa

El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad una reforma que tipifica como delito autónomo el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes para incorporarlos a actividades delictivas. La medida modifica el Código Penal estatal y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, e impone penas de hasta 30 años de prisión para quienes capten a menores de edad en beneficio del crimen organizado.

La reforma se aprobó este 10 de septiembre en el pleno legislativo, luego de que la Comisión de Justicia avalara previamente el dictamen correspondiente. Con este cambio, Sinaloa se suma a un grupo reducido de entidades del país que cuentan con un tipo penal específico para este fenómeno.

Qué establece la nueva ley

La reforma incorpora el artículo 274 Bis F al Código Penal estatal, que sanciona con 10 a 20 años de prisión y multa de 800 a mil 600 días a quien recluta, enlista, integra o incorpora, por sí o mediante otra persona, a menores de 18 años para realizar actividades delictivas. Esta pena puede aumentar hasta en una mitad si existen agravantes, lo que eleva el castigo máximo a 30 años de cárcel.

La sanción se aplicará con independencia de las penas que correspondan por otros delitos que la persona responsable haya cometido. Es decir, el reclutamiento se castiga como un delito propio, sin que se diluya en otros cargos penales que pudieran derivarse del mismo caso.

El texto legal precisa que comete este delito quien recluta a uno o varios menores “por cualquier forma o medio”, lo que amplía el alcance de la norma más allá de métodos específicos de captación.

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