El fiscal Gustavo Arbues imputó por presunta malversación de caudales públicos al ex jefe de Tránsito de San Antonio Oeste. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El uso de una tarjeta de combustible municipal durante un viaje particular a Buenos Aires derivó en una imputación por presunta malversación de caudales públicos contra quien se desempeñaba como jefe de Tránsito de la Municipalidad de San Antonio Oeste, provincia de Río Negro.

La acusación fue presentada por el fiscal Gustavo Arbues, quien sostuvo que el entonces funcionario habría utilizado la tarjeta YPF en Ruta que tenía asignada por su cargo para cargar combustible en un vehículo particular.

Según la teoría del Ministerio Público Fiscal (MPF) de Río Negro, esos consumos se habrían realizado sin autorización del Municipio y mientras el ex funcionario se encontraba de licencia. En ese sentido, precisaron que el viaje se efectuó entre el 20 y el 28 de diciembre de 2025.

Para la Fiscalía, durante esos días el hombre habría usado recursos destinados al funcionamiento de la administración local con fines ajenos a sus tareas. No obstante, la defensa pública rechazó esa interpretación, afirmó que no existió daño patrimonial para el Estado y planteó que el traslado estaba vinculado con obligaciones de su área.

La Secretaría de Gobierno de San Antonio Oeste impulsó la denuncia penal y la Junta de Calificación municipal dispuso la cesantía del agente. (Imagen Ilustrativa Infobae)

De acuerdo con lo expuesto por el fiscal Arbues durante la audiencia, la tarjeta de combustible estaba asignada al imputado en función de sus responsabilidades como jefe de Tránsito. Fue así que acusó que el exfuncionario la habría utilizado para un traslado particular a la ciudad de Buenos Aires, sin una autorización de la comuna para financiar ese recorrido.

En este contexto, la Fiscalía calificó provisoriamente el hecho como malversación de caudales públicos, en carácter de autor, con base en los artículos 45 y 260 del Código Penal. De esta manera, quedó habilitada la continuación de la investigación para reunir y analizar elementos de prueba antes de una eventual definición judicial sobre el caso.

De hecho, entre las constancias presentadas por el Ministerio Público Fiscal rionegrino figuró la denuncia penal que la Secretaría de Gobierno municipal realizó el 24 de febrero de 2026. También se incorporó una ampliación efectuada el 20 de agosto, en la que se detallaron las funciones que cumplía el acusado, la operatoria del sistema YPF en Ruta y las circunstancias en las que se habrían detectado las cargas de combustible.

Según la presentación municipal, los consumos fueron advertidos mientras el agente estaba de licencia. Además, indicaron que una comisión solicitada para viajar a Buenos Aires había sido rechazada con anterioridad y que el hombre había sido notificado de que no podía utilizar la tarjeta. No obstante, el Municipio afrontó los gastos registrados en el sistema.

La Fiscalía apuntó que el permiso de viaje había sido rechazado por las autoridades municipales

Como parte del sustento inicial del caso, la Fiscalía presentó una nota dirigida a la Jefatura de Capital Humano. El documento contiene el detalle de las fechas, horarios y lugares en los que se habrían realizado las cargas de combustible cuestionadas.

También se incorporaron los tickets entregados por el imputado al regresar del viaje y la solicitud de licencia presentada ante el área de Recursos Humanos. A ello se sumó una planilla de gastos correspondiente al período comprendido entre el 20 y el 29 de diciembre de 2025, cuyo monto asciende a $359.707,01.

Por otro lado, la acusación sumó el organigrama de la Municipalidad de San Antonio Oeste, que establece que la Jefatura de Tránsito depende de la Secretaría de Gobierno. Asimismo, aportaron un informe del Registro de la Propiedad Automotor que acredita que el vehículo utilizado en el viaje pertenece al imputado y a su cónyuge.

Entre la documentación mencionada en audiencia se encuentra la resolución de la Junta de Calificación y Disciplina municipal. Tras el trámite administrativo interno, ese organismo dispuso la cesantía del entonces jefe de Tránsito. Esa decisión pertenece al ámbito administrativo y es distinta del proceso penal que ahora comenzó bajo control judicial.

Frente a esto, la defensa pública, representada por Carlos Dvorzak y el defensor adjunto Adrián Zimmermann, se opuso a la formulación de cargos. Incluso, el imputado explicó durante la audiencia que viajó a Buenos Aires para trasladar dos aparatos pertenecientes a su área de trabajo, los cuales debían ser calibrados.

El acusado afirmó en la audiencia que se trasladó a Buenos Aires con el fin de llevar dos equipos de su área de trabajo para ser calibrados. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En línea con esto, sostuvieron que el uso del automóvil particular era una modalidad habitual para el cumplimiento de las funciones del hombre. Según su planteo, el viaje tuvo carácter personal, aunque incluyó el traslado de los equipos municipales. Asimismo, el acusado reconoció que empleó una aplicación para efectuar las cargas de combustible.

Por este motivo, Dvorzak cuestionó un punto de la hipótesis acusatoria al señalar que no existe, según su planteo, un documento que acredite el rechazo previo de un pedido de licencia. También reiteró que el mecanismo descrito por la Fiscalía era habitual dentro de las tareas que desempeñaba su asistido.

Otro de los ejes de la oposición fue la reparación económica posterior. Según indicó la defensa, al imputado se le descontó el importe de los consumos de sus recibos de sueldo. Con ese argumento, sostuvo que no se configuró un perjuicio económico para el Estado y, por lo tanto, que no se reunían los elementos necesarios para atribuirle un delito.

Luego de escuchar a las partes, el juez de Garantías Fabio Corvalán consideró formalizada la imputación y concedió cuatro meses de investigación penal preparatoria. En ese período, la Fiscalía podrá profundizar la recolección de pruebas y la defensa tendrá la posibilidad de respaldar su versión de los hechos.

De esta manera, la pesquisa deberá determinar, entre otros aspectos, si existió autorización para el uso de la tarjeta, cuál era el alcance de las funciones del entonces jefe de Tránsito, si el viaje tuvo vinculación con tareas municipales y qué efecto jurídico puede tener el descuento posterior de los montos consumidos.