El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina que suspende los efectos de la derogación de la Ley de Tierras incluida en el DNU 70/2023 de Javier Milei.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso la restitución provisoria de la Ley de Tierras, que limita la adquisición de terrenos rurales por parte de personas y empresas extranjeras, luego del rechazo social y político que generó su decisión anterior de dejar sin efecto una medida cautelar que protegía la normativa.

La resolución fue adoptada tras un acuerdo extraordinario del máximo tribunal, con la participación de dos conjueces, y establece una medida cautelar interina que suspende temporalmente los efectos de la derogación prevista en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.

La decisión se produjo apenas diez días después de que la Corte dejara sin efecto una cautelar obtenida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. En esta oportunidad, el tribunal hizo lugar al planteo de la Asociación Civil Árbol de Pie, que fundamentó su presentación en la protección del derecho a un ambiente sano.

La suspensión tendrá vigencia hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de la asociación para intervenir en el proceso y examine el pedido de medida cautelar presentado.

El fallo de la Corte y el antecedente del CECIM

En su explicación oficial, la Corte señaló que tenía bajo análisis dos causas vinculadas con el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras. Por tratarse de procesos colectivos, el tribunal debía resolver primero el expediente del CECIM, debido a que había sido el primero inscripto en el registro correspondiente.

Esa situación dejó a la espera la causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie. No obstante, el planteo del CECIM fue rechazado por falta de legitimación, luego de que la organización invocara la protección de la soberanía nacional.

Tras esa decisión, el CECIM solicitó una aclaración para determinar si los alcances del fallo también afectaban su situación. La Corte optó por resolver el segundo expediente, en el que la asociación ambiental había fundamentado su presentación en el derecho a un ambiente sano.

Según detalló el máximo tribunal, en esta última causa no existían medidas cautelares previas dictadas por los tribunales inferiores. Aun así, resolvió establecer una protección provisoria mientras la Justicia de primera instancia analiza las cuestiones pendientes.

El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia.

La Ley de Tierras vuelve a estar vigente de manera provisoria

La Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras, establece límites a la titularidad y posesión de tierras rurales por parte de personas extranjeras. Entre sus disposiciones, fija un límite general del 15% para la titularidad extranjera sobre el territorio nacional, provincial y municipal, con restricciones adicionales para determinados tipos de tierras y adquisiciones.

El DNU 70/2023, firmado por el gobierno de Javier Milei en diciembre de 2023, dispuso la derogación de esa normativa como parte de su paquete de reformas económicas y regulatorias.

Con la nueva medida cautelar, la aplicación de esa derogación queda suspendida de manera interina en el marco de la causa judicial. No se trata, por el momento, de una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del decreto ni de una resolución final sobre el fondo de la controversia.

El próximo paso dependerá de la Justicia Federal de Bariloche, que deberá evaluar si la asociación está habilitada para impulsar la demanda y analizar si corresponde mantener la protección cautelar.

La disputa judicial en medio del debate político

La decisión de la Corte se conoció en un escenario de creciente discusión política en torno al DNU 70/2023. El Gobierno nacional esperaba un pronunciamiento que contribuyera a desactivar la ofensiva opositora contra el decreto, que ya había sido rechazado en el Senado y cuyo tratamiento en la Cámara de Diputados estaba previsto para el jueves.

Sumado a lo anterior, se esperaba una movilización masiva en defensa de la tierra y la soberanía, en rechazo a la derogación de la Ley de Tierras.

La restitución provisoria de la normativa modifica el escenario judicial inmediato, aunque no resuelve de manera definitiva la disputa sobre la validez de su derogación. La continuidad de la medida dependerá de las decisiones que adopten los tribunales inferiores y de la evolución de las causas vinculadas con el decreto presidencial.

Mientras tanto, la protección establecida por la Corte mantiene temporalmente los límites previstos por la Ley de Tierras, en una controversia que involucra el alcance de las facultades del Poder Ejecutivo, la protección ambiental y la soberanía sobre el territorio argentino.

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