La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este miércoles los recursos de las defensas de Eduardo Alfredo Sueyras Parra, Guillermo Lockhart y Matías Marquina y, con esa decisión, convalidó el camino hacia el juicio oral por el incendio del depósito de Iron Mountain en Barracas.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti no ingresaron al fondo del planteo, donde se cuestionó la prescripción de la acción penal y presunta violación del plazo razonable, y rechazaron las presentaciones por incumplimiento del reglamento que rige los recursos extraordinarios.
El 5 de febrero de 2014, a la mañana, se desató un incendio en el predio que la empresa de custodia de documentación tenía en Azara 1245. La alarma sonó y empleados intentaron controlar el foco. Cerca de una hora después, cuando bomberos de la Policía Federal, voluntarios y personal de Defensa Civil combatían las llamas, se derrumbó una pared.
En el lugar murieron aplastados Leonardo Day, Anahí Garnica, Eduardo Conesa, Damián Véliz, Maximiliano Martínez, Juan Monticelli, José Luis Méndez Araujo, Sebastián Campos, Pedro Báricola y Franco Ambrosi. Otros rescatistas resultaron heridos.

La causa recorrió un largo trayecto con varios idas y vueltas. Recién en diciembre de 2022 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de los 18 acusados por incendio culposo seguido de muerte y lesiones culposas.
La lista de acusados incluye a directivos de la compañía, entre ellos Lockhart, entonces gerente general, y Sueyras Parra, vinculado al área de seguridad e higiene, y exfuncionarios porteños de la Dirección General de Fiscalización y Control.
Según esa instancia, hubo falencias en el control del funcionamiento del depósito. Los peritajes no lograron establecer de manera concluyente si el fuego arrancó de manera fortuita o intencional, pero sí apuntaron al colapso de la estructura metálica como causa inmediata del derrumbe.
Con la causa ya en etapa de juicio, el 28 de abril de 2025 el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 18 rechazó los pedidos de extinción de la acción penal por prescripción y de insubsistencia por violación de la garantía del plazo razonable.
En junio de ese año, Casación ratificó esa decisión. Sobre esa base las defensas acudieron a la Corte, que ahora cortó esa vía por incumplimientos formales.
El rechazo no implica un pronunciamiento sobre la responsabilidad de los imputados ni fija fecha de comienzo. Tampoco cierra el debate de fondo sobre la duración del proceso: desde la tragedia pasaron más de 12 años. Lo que sí queda firme, al menos por ahora, es que el expediente no se archiva por esa vía y que los 18 acusados continúan sujetos a la instancia oral.



