El juez federal Martín Cormick hizo lugar al amparo colectivo presentado por el CIN y la UBA y ordenó al Gobierno aplicar de inmediato la normativa aprobada por el Congreso. También deberá dictar las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró la inconstitucionalidad del Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución, firmada este martes 6 de octubre por el juez Martín Cormick, ordena al Poder Ejecutivo avanzar con la implementación inmediata de la norma.

El magistrado hizo lugar al amparo colectivo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA), junto con otras presentaciones vinculadas al reclamo por el financiamiento de las universidades públicas. En su decisión, dispuso el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario” y ordenó al Ejecutivo dictar las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para hacer efectiva la legislación.

Qué había dispuesto el Gobierno

El conflicto se originó luego de que el Congreso aprobara la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. El Poder Ejecutivo había intentado impedir su entrada en vigencia mediante un veto, pero ambas cámaras legislativas insistieron con la norma y rechazaron esa decisión.

Posteriormente, el Gobierno promulgó el Decreto 759/2025, que condicionó la ejecución de la ley a la determinación de las fuentes específicas de financiamiento y a la incorporación de las partidas correspondientes al Presupuesto nacional.

Ese mecanismo fue cuestionado judicialmente por el CIN, la UBA y otras instituciones universitarias, que reclamaron que se aplicaran las disposiciones de la ley, entre ellas las vinculadas al financiamiento de las casas de estudios y la recomposición de los salarios de docentes y trabajadores no docentes.

El argumento del juez Cormick

En su resolución, Cormick cuestionó que el Poder Ejecutivo pudiera suspender la aplicación de una ley que había sido ratificada por el Congreso después del rechazo del veto presidencial.

El juez sostuvo que el decreto “no supera un test mínimo de razonabilidad”, ya que permitía suspender la aplicación de una norma sancionada por el Congreso mediante la invocación de una legislación anterior.

Según el magistrado, el mecanismo utilizado por el Ejecutivo terminó produciendo, en sus efectos, una instancia de veto que no está contemplada por la Constitución Nacional. Por esa razón, declaró inconstitucional la cláusula del Decreto 759/2025 que condicionaba la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario.

Qué ordenó la Justicia

A partir de la sentencia, el Poder Ejecutivo deberá avanzar con la aplicación de la Ley 27.795 y dictar las disposiciones administrativas necesarias para su implementación.

La normativa contempla medidas vinculadas al financiamiento de las universidades nacionales y la recomposición salarial de docentes y no docentes, además de otros componentes destinados al funcionamiento del sistema universitario.

La resolución corresponde a una sentencia de primera instancia y será apelada por el Gobierno nacional.

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