“La devolución del IVA en el RIMI es un ‘engaña pichanga”. Así lo indicó Mariano Echegaray Ferrer, titular del estudio contable homónimo, durante una entrevista realizada por Carlos Etchepare en el canal de Agroeducación.
En lo que respecta al impuesto a las Ganancias, el Régimen de Incentivos para Medianas Empresas (RIMI) contempla la posibilidad de amortizar en una sola cuota las inversiones realizadas en equipos de riego agrícola, equipos de alta eficiencia energética, bienes semovientes (ganado) y mallas antigranizo. Un aspecto importante es que la norma no dispone de montos mínimos de inversión para acceder a ese beneficio.
reducción de 6 a 3 meses del plazo requerido para solicitar la devolución del crédito fiscal que integre el saldo a favor de IVA originado en inversiones productivas. Y aquí está el problema, porque esa devolución no es automática, sino que está sujeta a un cupo con un tope anual.

“Si bien el régimen tiene muchos beneficios desde el punto de vista del impuesto a las Ganancias, la pregunta es si las empresas van a tener que pagar ese tributo en la presente campaña”, indicó Echegaray Ferrer.
La devolución de IVA en el marco del régimen está atada a partidas presupuestarias que en un 50% se destinan al RIMI y el 50% al régimen general, y que se destinan, vale recordar, a todos los rubros de la economía.
“Existe una cola de solicitudes de los últimos años que se tiene que ir habilitando y el presupuesto es de apenas 30.000 millones de pesos para el año 2026 y para el 2027 la suma es de 40.000 millones de pesos”, explicó.
“El régimen es favorable, pero falta una herramienta financiera para que la implementación pueda ser efectiva”, añadió en referencia, por ejemplo, al reconocimiento de la deuda a través de un título público.




