El Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires difundió este lunes un comunicado tras la decisión adoptada por la jueza Laura De Marinis, titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3, respecto de la aplicación del nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil.

De acuerdo con el comunicado, el adolescente estaba involucrado en una investigación iniciada a partir de un episodio en el que, junto con otros cuatro adolescentes, habría intentado robar a un hombre de 47 años. El grupo habría seguido al hombre por la calle hasta que intervino la policía.

El joven de 14 años fue finalmente sobreseído. En cambio, la investigación continúa respecto de otros adolescentes de 16 años involucrados en el expediente, para quienes resulta aplicable la Ley 27.801, actualmente vigente.

Según explicó el Poder Judicial porteño, la resolución surgió de un planteo realizado por la Defensa Oficial, al que adhirió la Asesoría Tutelar en representación de los derechos e intereses del adolescente.

En la sentencia, “la magistrada rechazó el planteo de incompetencia y, ejerciendo el control de constitucionalidad y convencionalidad difuso que todo juez y jueza tiene habilitado en el caso concreto, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801 respecto del adolescente imputado”, se aclaró.

La declaración de inconstitucionalidad efectuada en la resolución se circunscribe exclusivamente a este caso y a este adolescente, en atención a las particulares circunstancias acreditadas en el expediente”, se lee en el comunicado.

Al respecto, se agregó: “Entre los elementos considerados se encuentra, además, que el adolescente desconocía la modificación legislativa que había establecido una nueva edad mínima de responsabilidad penal juvenil”.

La Ley 27.801 entró en vigencia el 5 de septiembre de 2026 y establece un nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil, que alcanza a las personas de entre 14 y 17 años respecto de los delitos previstos en el Código Penal. “La resolución no importa una declaración general de inconstitucionalidad de la ley, sino el análisis de su aplicación en las circunstancias concretas sometidas a decisión judicial”, concluyó el tribunal.