El proyecto de Presupuesto 2027 que el Ejecutivo envió al Congreso expone las previsiones para los gastos y los ingreos. Entre esos pormenores, también indica cuánto dinero dejará de recaudar el Estado por los distintos beneficios y tratamientos impositivos. Según la iniciativa oficial, los gastos tributarios alcanzarán los $51,9 billones el próximo año, equivalentes al 3,67% del PBI.
Técnicamente, se trata de una reducción de las obligaciones fiscales que se denomina “gasto tributario”. El concepto refiere a la “ausencia de recaudación que se produce al otorgar un tratamiento impositivo diferenciado con relación a un sistema tributario de referencia”, con el objetivo de promover el desarrollo de determinadas actividades, zonas, grupos de contribuyentes o consumos.
Estos beneficios pueden instrumentarse a través de dos vías: mediante una reducción o eliminación de las alícuotas de determinados tributos, o a través de regímenes de promoción de actividades que el Estado considera que deben ser fomentadas.
En concreto, el Presupuesto estima que los gastos tributarios llegarán en 2027 a $51,9 billones. De ese total, $45,6 billones corresponden a tratamientos especiales establecidos en las leyes de impuestos, como IVA o Ganancias, mientras que $6,2 billones se explican por beneficios otorgados a través de regímenes de promoción económica.
Los gastos tributarios que afectan al Impuesto al Valor Agregado (IVA) implican $17,4 billones o 1,23% del PBI y contemplan excenciones o alícuotas reducidas en asociaciones deportivas y espectáculos deportivos amateurs; entradas a espectáculos teatrales, conciertos y recitales musicales; construcción de viviendas, por mencionar algunos ejemplos.

Por el Impuesto a las Ganancias, los gastos tributarios suman $5,8 billones, equivalentes al 0,41% del PBI proyectado para 2027.
Dentro de este tributo, uno de los beneficios corresponde a los magistrados y funcionarios de los Poderes Judiciales nacional y provinciales, cuyos ingresos están exentos del impuesto a las Ganancias. De acuerdo con los números del Presupuesto 2027, este tratamiento representa $1,9 billones, equivalentes al 0,14% del PBI.
También están exentas de ese tributo las ganancias de asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y cooperativas. Para 2027, el costo fiscal de este tratamiento está estimado en $1,6 billones, es decir, 0,11% del PBI.
Otro de los beneficios contemplados corresponde al impuesto a los combustibles líquidos utilizados en la zona sur del país. Por este concepto, el Estado dejará de percibir $4,5 billones, equivalentes al 0,32% del PBI.
En este sentido, el proyecto contempla distintos y variados sectores y actividades que cuentan con tratamientos impositivos preferenciales, ya sea mediante exenciones, alícuotas reducidas u otros mecanismos.
Los regímenes de promoción económica
El Presupuesto 2027 contempla 15 regímenes especiales que implican gastos tributarios por 0,4% del PBI, o $6,2 billones.
Entre ellos se encuentra el Régimen de Promoción Económica de Tierra del Fuego, cuyo costo fiscal estimado para 2027 asciende a $1,8 billones, equivalentes al 0,13% del PBI. El esquema contempla la liberación del IVA para compras y ventas, la exención del impuesto a las Ganancias y de los derechos de importación, además de una reducción de las alícuotas de los impuestos internos sobre productos electrónicos.
Otro de los regímenes contemplados es el destinado al fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa, que implicará $2,4 billones en 2027, equivalentes al 0,18% del producto.
Entre los principales beneficios también aparece el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, destinado a impulsar actividades vinculadas con el uso de servicios informáticos y digitales para generar avances en la ciencia y la tecnología. La norma permite a las empresas obtener un bono de crédito fiscal para cubrir el pago de contribuciones patronales y del impuesto a las Ganancias. Para 2027, se espera que este beneficio represente $842.556 millones, esto es, 0,06% del PBI.
El proyecto define al gasto tributario como la pérdida de recaudación asociada a la aplicación de un tratamiento impositivo preferencial respecto de un sistema tributario de referencia.
Este año, despertó inquietudes que no se haya incorporado el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Sobre este esquema, el proyecto aclara que las iniciativas adheridas se encuentran mayoritariamente en etapas iniciales de implementación —inversión—. Por ese motivo, el gasto tributario asociado al régimen podrá ser estimado en etapas posteriores.




