La Justicia de San Francisco resolvió que una compañía de seguros deberá pagar la cobertura por accidentes personales contratada por un motociclista que murió en un siniestro vial ocurrido en un camino rural de Plaza Luxardo.
El caso llegó a tribunales porque la aseguradora se había negado a pagar. En el análisis realizado después del accidente se detectó cocaína en la sangre del conductor y la empresa sostuvo que esa circunstancia estaba contemplada entre las situaciones que dejaban sin efecto la cobertura.
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El contrato establecía que no estaban cubiertos los accidentes ocurridos cuando el asegurado se encontrara “bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides”. Sin embargo, el juez Carlos Ignacio Viramonte consideró que tener cocaína o sus metabolitos en el organismo no demuestra, por sí solo, que la persona estuviera bajo los efectos de la sustancia cuando ocurrió el accidente.
La pericia realizada por especialistas de Copromesab fue clave para la decisión. Los expertos señalaron que el estudio toxicológico no permitía determinar cuándo había sido el consumo, qué cantidad se había ingerido ni cuáles eran sus efectos concretos en el momento del siniestro.
Por eso, el tribunal distinguió entre dos situaciones: que hubiera cocaína en la sangre, algo que quedó acreditado, y que el motociclista estuviera bajo su influencia al momento del accidente, algo que no pudo probarse. Como esa segunda condición era necesaria para aplicar la exclusión prevista en el contrato, la Justicia ordenó a la aseguradora abonar el seguro.



