Un hombre de 90 años firmó un testamento ante un escribano en el que dejaba sus bienes a un grupo de personas que lo asistían habitualmente. Después de su muerte, una sobrina llevó el caso a la Justicia, cuestionó la validez del documento, porque su tío no estaba en condiciones de entender lo que hacía y pidió que la escritura fuera anulada.
La Justicia finalmente le dio la razón. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Buenos Aires confirmó la nulidad del testamento y consideró determinante una pericia psiquiátrica realizada después de la muerte del hombre, además de su historia clínica y el testimonio del neurólogo que lo había atendido antes de la firma.
El caso
El hombre era soltero y no tenía hijos. El testamento había sido firmado en agosto de 2018 en su propia casa, con la presencia de un escribano y dos testigos. Allí establecía cómo quería disponer de sus bienes.
Pero después de su fallecimiento, una sobrina presentó una demanda para impugnar el documento. Según planteó, su tío, que tenía 90 años al momento de firmarlo, ya no podía comprender la importancia de sus decisiones ni disponer libremente de su patrimonio.
La mujer también sostuvo que las personas que terminaron beneficiadas por el testamento habían aislado al hombre de su entorno cercano y que “habían influido sobre sus decisiones”. Incluso afirmó que lo habían llevado a revocar autorizaciones que tenía previamente para luego disponer de sus bienes en favor de ellos.

Además de pedir que el testamento fuera declarado nulo, reclamó una indemnización y responsabilizó al escribano que había intervenido en la firma. A su entender, el profesional debería haber advertido que el hombre no estaba en condiciones de comprender el acto que estaba realizando.
Los beneficiarios del testamento rechazaron esa versión. Aseguraron que el hombre estaba lúcido cuando firmó, que llevaba una vida social normal, se movilizaba por sus propios medios y que había expresado claramente su intención de dejarles sus bienes a quienes lo ayudaban habitualmente.
La prueba que fue clave para anular el testamento
Durante el juicio se analizaron los antecedentes médicos del hombre y se realizó una pericia psiquiátrica post mortem. Es decir, un especialista tuvo que reconstruir su estado mental al momento de firmar el documento a partir de la información médica disponible.
La historia clínica y la pericia concluyeron que padecía un trastorno neurocognitivo mayor, comparable a una demencia, y que presentaba problemas severos de orientación y de funcionamiento en distintas áreas.
Para los especialistas, ese cuadro le impedía comprender la importancia de lo que estaba haciendo cuando firmó el testamento.

También declaró el neurólogo que había atendido al hombre antes de la firma. Su testimonio coincidió con las conclusiones de la pericia.
Con esas pruebas, el juez de primera instancia concluyó que el hombre no tenía el discernimiento necesario para otorgar el testamento y declaró su nulidad.
El caso llegó a la Sala B de la Cámara Civil, que revisó las pruebas y confirmó la sentencia anterior.
Qué pasó con el escribano
Aunque el testamento fue anulado, la Justicia no responsabilizó al escribano que había intervenido en la escritura.
La sobrina había pedido que también fuera condenado a pagar una indemnización porque, según su planteo, no había comprobado correctamente el estado mental del hombre antes de autorizar el documento.
Pero tanto el juez de primera instancia como la Cámara Civil rechazaron ese reclamo. Explicaron que la ley no obliga al escribano a diagnosticar la salud mental de una persona que concurre a otorgar un acto, salvo que la incapacidad sea evidente o exista una declaración judicial previa que restrinja su capacidad.



