
La suspensión provisional del esquema con el que la Cancillería y la Imprenta Nacional buscaban producir y distribuir pasaportes en Colombia, ordenada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, generó todo tipo de reacciones en varios sectores políticos del país.
El turno fue para Rosa Villavicencio, exministra de Relaciones Exteriores de Colombia, quien sostuvo que el fallo judicial, a su juicio, tiene varias contradicciones.
Además, señaló que, durante su etapa como jefa de cartera en la administración de Gustavo Petro, el sistema funcionó correctamente tras una transición compleja y que hay informes y visitas que confirman la transparencia y trazabilidad del proceso.
“Creo que es una medida realmente muy contradictoria ese auto que ha proferido el Tribunal Administrativo Cundinamarca. Este auto habla de una suspensión provisional, pero por otra parte, pide que no se interrumpa la formalización y el tema de los pasaportes (...) Es desafortunado para la sociedad colombiana porque es un proceso que está funcionando sin problema y la estructura no tiene ningún tipo de fisura legal”, indicó la exfuncionaria en diálogo con Caracol Radio.
Igualmente, Villavicencio cuestionó la supuesta falta de claridad en el aspecto financiero señalada por el magistrado, defendiendo la sostenibilidad del modelo y aclarando detalles sobre la personalización y producción de las libretas en la imprenta nacional bajo requerimientos internacionales.
“El modelo es sostenible y una de las cosas que precisamente ha sido desafortunada es no haber tenido ese empalme para haber explicado ampliamente la sostenibilidad del modelo”, manifestó.
A su vez, la excanciller no descartó que, detrás de esta decisión del tribunal, existan presiones políticas de sectores opositores a la anterior administración que, en su visión, buscan debilitar el procedimiento de soberanía de datos.
“Aquí lo que hay es un interés político por acabar con este modelo a través de todas estas acciones judiciales que han tenido controversia (...) ellos piden veinte días para que lo vuelvan a contestar y aclaren seguramente dudas que habrá y esto ya le corresponde a la Imprenta y a la Cancillería”, comentó.
Detalles de la medida cautelar
La medida fue dictada el 2 de septiembre de 2026 dentro de una acción popular presentada por Nicolás Dupont Bernal contra el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional de Colombia.
En su análisis preliminar, la corporación concluyó que había elementos suficientes para intervenir de manera preventiva mientras estudia el fondo del caso.
Entre esos elementos figuran cambios e incumplimientos en los cronogramas previstos para poner en marcha el modelo. La providencia también menciona informes institucionales contradictorios y la ausencia de soportes que permitan comprobar el estado de la infraestructura, del personal y del avance de las operaciones necesarias para implementar el esquema.
Para el tribunal, esas inconsistencias impiden establecer con certeza cuál es el estado real de ejecución del proyecto. En ese examen inicial, la corporación habló de una “planeación improvisada” frente a las dificultades detectadas durante el desarrollo del modelo.
La decisión también señaló cuestionamientos sobre el cumplimiento de requisitos presupuestales y sobre el uso de recursos públicos. A juicio de la corporación, las dudas sobre la ejecución podrían representar un riesgo para el patrimonio estatal mientras no se aclare el alcance de los compromisos asumidos.
El punto central de la providencia es que la suspensión provisional no busca frenar la expedición de pasaportes. Por eso, el tribunal ordenó a las entidades involucradas adoptar las medidas administrativas, contractuales y operativas necesarias para evitar cualquier interrupción del servicio a los ciudadanos que requieren el documento de viaje.
La decisión advirtió que la incertidumbre sobre el modelo puede afectar el abastecimiento de las libretas y, por esa vía, comprometer la continuidad del servicio. La suspensión seguirá vigente hasta que las partes acrediten, con información objetiva y verificable, el estado de ejecución del esquema, la disponibilidad de las libretas y las condiciones de seguridad aplicadas a su custodia y producción.
La suspensión recae sobre el Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025, el CI-005 de 2026 y los contratos o convenios derivados de ambos. La providencia aclaró que no resolvió la validez de esos instrumentos, asunto que deberá definirse en otras instancias.
El tribunal excluyó de la medida el acuerdo suscrito con la Imprenta Nacional Casa da Moneda de Portugal y precisó que no emitió un pronunciamiento sobre su legalidad. Tampoco suspendió el Convenio Marco 006 de 2024, porque ya habría sido liquidado y no estaba vigente ni en ejecución, ni el Convenio Marco 007 de 2025, al considerar que tiene un alcance general de articulación entre el Fondo Rotatorio y la Imprenta Nacional de Colombia.




